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La Constitución está bien así: mejor no tocarla. Todos los defectos del presidencialismo y la autonomía diferenciada

Tanto el presidencialismo que apunta a un mayor fortalecimiento del Jefe de Estado como el que quisiera fortalecer al Primer Ministro trastornan la Constitución - La autonomía diferenciada corre el riesgo de entorpecer la distribución de los recursos

La Constitución está bien así: mejor no tocarla. Todos los defectos del presidencialismo y la autonomía diferenciada

A mi la Constitución republicano eso está bien, tal como era antes de los cambios que tuvo que sufrir a lo largo de las décadas: del miserable Reforma Título V hasta la poda de las Cámaras. También estoy convencido de que las Constituciones tienen vida propia -como todas las normas- y evolucionan junto con la historia de un país. En este sentido, podrían escribirse tratados sobre cómo las instituciones de 1948 contenían en sí mismas amplios márgenes de interpretación adecuados al paso del tiempo y los procesos políticos, sin por ello dejar de implementar las normas. Por estas razones, siempre he votado NO en los referéndums que confirman las reformas que se han sucedido en el tiempo, porque en mi opinión, en todas las circunstancias, se encomendaba un complejo trámite parlamentario para obtener la mayor eficiencia del sistema que se hubiera podido lograr a través de un revisión del reglamento de las Cámaras. De paso, creo que la parte más anticuada de la Constitución de 1948 no es la segunda, sino la primera, en la que se siente el peso de las ideologías de los partidos, especialmente en la Sección de Relaciones Económicas. Tanto es así que, salvo sorpresas en el nuevo manifiesto de los valores del Partido Demócrata, ninguno de los actuales reescribiría ahora esas mismas reglas de entonces.

Reforma constitucional: federalismo fiscal y autonomía diferenciada

La pregunta de reforma constitucional ha entrado en el debate electoral y forma parte del programa de los partidos mayoritarios, aunque en una lógica de suma (presidencialismo + autonomía) y no de síntesis coherente. Por lo tanto, es apropiado (al menos para salirse con la suya con un ''dixi et servavi animam meam'') participar en el debate abierto sobre reformas da ernesto auci en FIRSTonline. Preliminarmente -dado que Roberto Calderoli ya ha circulado textos- conviene tratar el CD autonomía diferenciada que es el último remanente del federalismo. Si la Primera República estaba obsesionada por la ''cuestión del sur'', la Segunda nació bajo la creciente amenaza de una fuerza que se declaraba secesionista -la Liga o más bien las Ligas establecidas en cada una de las regiones del norte- y que quería liberar esas poblaciones laboriosas de la 'opresión de la Roma ladrona y de los impuestos exorbitantes en beneficio de las poblaciones del Sur que 'no querían trabajar'.

En pocos años, casi todos los partidos se hicieron federalistas y las Cámaras comenzaron a legislar en este sentido. Para contrarrestar elideología de la Liga del Norte y dividiendo los consentimientos recogidos por el Carroccio en el Norte, la política adaptada a la milagrosismo federalista, junto con una gran cantidad de corolarios cuestionables pero indiscutibles; en primer lugar, la mística de las Regiones, autoproclamadas como la excelencia de las instituciones de la República. Allá Reforma Título V trató una vez más de salvar la cabra del Estado y las coles de las Regiones introduciendo, en cambio, una mayor confusión, en un laberinto de habilidades competitivas. La mística dominante, habiendo fracasado en el objetivo político/institucional, partió en busca de uno intermedio: el llamado federalismo fiscal. Pero la operación siempre ha caminado sobre una falla: la gestión de la atención sanitaria. Las Regiones nunca se han puesto de acuerdo para hacerse cargo de él por completo, tanto en ingresos como en gastos, sino que han seguido alegando estar cubiertas por el paraguas de los presupuestos del Estado.

Federalismo fiscal: el punto débil es la sanidad

Esta es la realidad: el resto pertenece sólo a escaramuzas políticas. Y hasta dónde ha quedado claro este objetivo -en la emergencia de la pandemia- no solo en las regiones centro-sur. Incluso la autonomía diferenciada corre el riesgo de bloquear la distribución de recursos. Las Regiones que son candidatas a hacer más por su cuenta han caído -como la famosa señora Longari- en defender el nivel histórico de gasto del que disponen en transferencias (que es la principal ventaja frente a otras Regiones, empezando por las del sur) . Mientras tanto, el ciclón de la antipolítica había exigido el fin de la Autoridad Provincial, reduciéndola, en nombre de la eficiencia y la simplificación, a una expresión geográfica y despojando a la protección y gobernanza del territorio. Afortunadamente, el Senado de las Autonomías, concebido como un after-work de ferroviarios para los presidentes de la Región y los alcaldes de las principales ciudades, se vio desbordado en el referéndum de 2016. Mucho mejor (y mucho menos peor, en mi opinión) el mutilado bicameralismo igualitario ahora vigente.

¿Presidencialismo o elección directa del Jefe de Estado?

En cuanto a la presidencialismo (el legado que, como ella dijo, Giorgia Meloni pretende dejar a los italianos). es bueno poner algunos puntos en la "i" del debate en curso. En primer lugar, hay que aclarar si el centro-derecha propone el ''presidencialismo'' o la elección directa por sufragio universal del Jefe de Estado. Estos son modelos institucionales radicalmente diferentes. En un régimen presidencial, el presidente es elegido y es simultáneamente jefe de Estado y de administración, en una acentuada lógica de división de poderes. Una reforma de esta magnitud no podría llevarse a cabo haciendo uso de los procedimientos previstos en el artículo 138 de la Constitución, sería necesaria la elección de una asamblea constituyente porque tal revisión afectaría a toda la estructura institucional ya una enorme cantidad de artículos. Ningún Parlamento estaría facultado para cambiar (¿con una ley tipo Zan?) la identidad de la República.

Sería diferente para elelección directa del Jefe de Estado, una reforma absolutamente compatible en el contexto de un régimen parlamentario. La elección popular directa del Jefe de Estado está presente en la gran mayoría de Países europeos: Austria, Irlanda, Islandia, Portugal, Finlandia, Francia (aunque con la característica del semipresidencialismo), sin contar los nuevos estados del centro-este de Europa como Polonia, Rumanía, Bulgaria y otros. Donde no se contempla este tipo de elecciones, suele aplicarse un régimen monárquico. Pero hay más Si se abrieran los gabinetes de muchos partidos, se encontrarían los esqueletos de la elección directa del jefe de Estado, encerrados en distintas temporadas políticas. Apenas es necesario recordar que en el texto de ley constitucional presentada el 4 de noviembre de 1997 por la Comisión bicameral presidida por Massimo D'Alema -punto más alto alcanzado por el acuerdo entre los partidos- se preveía la elección popular directa por sufragio universal -posiblemente en dos vueltas- del Jefe de Estado. El orador al respecto fue Cesare Salvi, quien escribió: "Se puede, por tanto, afirmar que la elección directa del Jefe de Estado es el sistema más difundido en Europa, y que no ha dado lugar a degeneraciones plebiscitarias ni a peligros para la estabilidad democrática del sistema institucional". Por lo tanto, no está claro por qué solo Italia, y con ella el pueblo italiano, debe salir del marco europeo dominante; tampoco creo que se pueda decir que el electorado italiano, en cincuenta años de elecciones políticas y referéndums, nunca haya dado muestras de un comportamiento irracional o se haya mostrado presa fácil de sugerencias demagógicas.

No a la presidencia propuesta por el Tercer Polo

En cambio, encuentro inaceptable, a pesar de mis simpatías por el Tercer Polo, la propuesta de elección directa del primer ministro. es la recuperación de una vieja idea de Mario Segni –una de las más sobrevaloradas de la historia contemporánea–, que se puede resumir en la siguiente fórmula. “Elige al alcalde de Italia“. Tal reforma arruinaría al menos tres capítulos esenciales del actual modelo constitucional: el Parlamento, el gobierno y el Presidente de la República. De hecho, nadie puede pensar que la operación pueda limitarse a elegir un primer ministro que luego tiene que ir a buscar una mayoría. El modelo de gobierno, en el que se basa la elección del alcalde y de los presidentes de las Regiones, sitúa en un papel secundario a la asamblea electiva, cuya composición está condicionada por la necesidad de asegurar la mayoría de los elegidos; una asamblea que queda a merced (en el sentido del clásico “simul stabunt, simul cadent”) del jefe ejecutivo. ¿Es realmente sorprendente que los defensores del carácter parlamentario de la República caigan en esta trampa? No hay República Bananera -que yo sepa- en ninguna parte del planeta que organice sus instituciones de esta manera, subordinando el poder legislativo al gobierno.

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