A partir del 1 de enero de 2018, todos los comercializadores de electricidad y gas en el mercado libre deberán incluir PLACET en sus ofertas, es decir, una oferta predefinida dirigida a hogares y pequeñas empresas (a Precio Libre en Condiciones de Protección Equivalentes).
– PLACET), bajo condiciones contractuales preestablecidas definidas por la Autoridad, pero a precios libremente establecidos por el vendedor, de acuerdo con una estructura clara y comprensible. La Autoridad lo comunica.
La nueva herramienta PLACET continúa el camino iniciado por la Autoridad para acompañar a los consumidores hacia la fecha límite del 1 de julio de 2019 cuando, si se aprueba definitivamente la Ley de Competencia (pasada a la Cámara y llegando al Senado para la luz verde definitiva esta semana) el final del régimen de protección reforzada desencadenará, es decir, el fin del mecanismo de definición trimestral de las facturas de luz y gas por parte de la Autoridad para la mayoría de las familias y pequeñas empresas.
Placet introduce los llamados 'ofertas estándar' innovar, desde el punto de vista de la protección
del usuario y flexibilidad, algunos casos similares presentes en otros mercados.
Los vendedores deberán insertar en su menú unOferta PLACET a precio fijo y otra a precio variable, por separado para los sectores de electricidad y gas, contemplando únicamente el suministro de energía, sin poder incluir servicios adicionales (por ejemplo seguros o primas de mantenimiento, etc.). Las condiciones generales de suministro serán redactadas por el proveedor de acuerdo con un formulario de referencia
elaborado por la Autoridad con el apoyo de una mesa de trabajo permanente entre representantes de operadores y clientes finales. El módulo constituirá el punto de referencia para los contratos de oferta PLACET, inicialmente utilizables de forma voluntaria por los vendedores, pero también será un elemento de seguimiento de la Autoridad sobre los módulos que eventualmente elabore de forma autónoma, para evaluar si son en todo caso conforme a lo dispuesto en la disciplina PLACET.
En cuanto al precio de la energía, se prevé una estructura única, dividida en una cuota puntual (€/cliente/año) y una cuota energética (proporcional a los volúmenes retirados – €/kWh o €/Scm). A su vez, la cuota de energía puede ser variable, es decir, indexada al precio de la materia prima en los mercados mayoristas con la adición de un margen definido por el vendedor, o fijada por un período determinado (1 año).
Para el suministro eléctrico se prevé una conexión con los contratos de Tutela SIMILE que alcanzan su plazo natural de 12 meses. Tras un aviso del vendedor de no menos de 3 meses con respecto a la extinción del contrato, y en ausencia de una elección diferente por parte del cliente, el Contrato de protección SIMILAR continuará un año más en las mismas condiciones contractuales y económicas (pero sin el descuento inicial irrepetible) y posteriormente, de nuevo a falta de elección diferente por parte del cliente, se preverá la aplicación de una oferta PLACET .
La resolución de la Autoridad también establece el marco de condiciones contractuales mínimas obligatorias para todas las ofertas de mercado libre distintas de la oferta PLACET, a partir de 2018, en particular con referencia a las nuevas reglas relativas a la celebración de contratos y
facturación (con la relativa prohibición de aplicar tarifas específicas por la recepción de facturas). Además de las nuevas ofertas PLACET y las ofertas de mercado libre, se mantienen disponibles las ofertas en régimen de protección (durante el tiempo que lo exija la ley) y, para los operadores adheridos, las ofertas de Tutela SIMILE para el mercado eléctrico (que pueden activarse hasta 30 de junio de 2018 a través del portal
www.portaletutelasimile.it).
