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Assosim: sí a la reforma fiscal pero evitando golpear el ahorro y el mercado financiero

Los intermediarios de valores están dispuestos a discutir un aumento en el impuesto sobre los ingresos financieros, pero piden un equilibrio en la reforma para no penalizar a los operadores financieros y de ahorro italianos. Los tratamientos de los bonos del gobierno, los bonos corporativos y los fondos de pensiones son cruciales.

Assosim: sí a la reforma fiscal pero evitando golpear el ahorro y el mercado financiero

La reordenación de la tributación de las rentas de actividades financieras parece ser uno de los puntos centrales de la reforma tributaria que está trabajando el ministro Tremonti.

La necesidad de reequilibrar el gravamen sobre las rentas financieras con el que pesa sobre otras rentas, en particular las rentas empresariales y de los trabajadores, es un principio ampliamente compartido y difícil de impugnar. De hecho, en Italia, la carga fiscal sobre los ingresos financieros es inferior a la de los otros países principales donde el cobro de intereses forma parte de la tributación ordinaria o, en el caso de un impuesto sustitutivo, prevé tipos no inferiores al 20 %. .

La idea de alinear las dos tasas actualmente presentes en los distintos instrumentos financieros en una tasa única, presumiblemente fijándola en el 20%, parece por lo tanto una solución razonable y fácil de implementar. En la práctica, sin embargo, esta hipótesis implica varias cuestiones críticas que sugieren una cuidadosa reflexión.

Si la medida afectara también a los bonos del Estado, se trataría de evaluar si el aumento de la tasa del 12,5 % al 20 % afectaría a todos los bonos en circulación o solo a los de nueva emisión. En el primer caso, se maximizarían los ingresos derivados de la reorganización, pero también se modificarían las condiciones "contractuales" establecidas en el momento de la emisión. Por otro lado, la segunda hipótesis conduciría a una segmentación del mercado entre los distintos instrumentos con posibles arbitrajes fiscales y distorsiones de precios no deseadas. En la práctica, los hogares se lanzarían a los viejos bonos, dejando las nuevas emisiones a los llamados "señores". En este sentido, cabe señalar también que, en lo que se refiere a bonos del Estado, la participación de los ahorradores interesados ​​en la medida no supera el 25% del total. El resto está en manos de sociedades y negocios (25%) para los que las rentas derivadas de intereses forman parte de la renta ordinaria y, sobre todo, de inversores extranjeros (50%) para los que estas rentas están sustancialmente exentas y para las que se presume la El aumento (parcial) del rendimiento bruto constituiría un regalo inesperado en detrimento de los ahorradores italianos.

También hay que señalar que la subida del tipo desincentivaría inevitablemente la compra de bonos de empresas y, sobre todo, de bonos bancarios -éstos están en manos mayoritariamente de los hogares- precisamente en un momento en el que las necesidades de financiación por parte de las entidades de crédito, ya de por sí muy afectadas desde Basilea III, son mayores. Esto iría claramente en contra del objetivo de aumentar el crédito bancario a las empresas, especialmente a las pequeñas y medianas. Obviamente, este desincentivo sería mucho mayor en el caso desafortunado de que el cambio en la tasa no afecte a los bonos del gobierno, como lo plantean algunas fuentes periodísticas.

Hay otros dos puntos de atención, menos enfatizados hasta ahora pero igualmente importantes. El primero se refiere a la necesidad de ajustar las tasas que afectan a las denominadas participaciones cualificadas. Hoy, en efecto, la tributación de estas participaciones se fija teniendo en cuenta los impuestos ya pagados por la sociedad, de modo que se determine una tributación media global de los beneficios empresariales no superior a la correspondiente al tramo de ingresos más elevado. y, al mismo tiempo, asegurar una condición más favorable para las participaciones no cualificadas. Sin embargo, si se aprobara definitivamente la propuesta de revisión de tipos, nos podríamos encontrar ante el supuesto de que el pequeño ahorrador tributa más por la inversión en acciones que el gran accionista.

En segundo lugar, habrá que aceptar al menos la idea de que se ampliará el diferencial de tipos respecto a los fondos de pensiones, para los que actualmente se prevé un tipo reducido del 11% en fase de acumulación. De hecho, un incremento de estos últimos frustraría el objetivo de incentivar el desarrollo del ahorro previsional en nuestro país.

Por último, hay que tener en cuenta las cargas económicas y organizativas que inevitablemente pesarán sobre los intermediarios, que tienen el papel de agente de retención y que serán llamados a revisar sus procedimientos. En este sentido, será necesario prever un período adecuado de adaptación a las nuevas medidas.

En conclusión, el impacto de las medidas objeto de estudio sobre los mercados financieros italianos y sobre la actividad de los bancos y otros intermediarios financieros no será despreciable. La experiencia demuestra que los mercados se adaptan con bastante rapidez a las nuevas condiciones. Sin embargo, en comparación con el pasado, debe tenerse en cuenta la mayor integración y competencia entre los mercados, los intermediarios y, sobre todo, los instrumentos financieros emitidos y negociados en Europa. La esperanza es que las nuevas disposiciones tengan muy en cuenta la necesidad de no poner en desventaja a los ahorradores y operadores italianos frente a los competidores de otros países para no penalizar aún más a nuestro centro financiero, en abierto conflicto con lo que la alta dirección de la Supervisión Las propias autoridades esperaban.

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