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Libretas al portador: a partir del 4 de julio quedarán prohibidas

Solo será posible la emisión de libretas nominativas, quedando prohibida la transmisión y emisión de libretas al portador – Las libretas existentes deberán extinguirse o convertirse antes del 31 de diciembre de 2018.

Las libretas al portador, tanto bancarias como postales, están cerca de la terminal. A partir del próximo 4 de julio desaparecerán los valores no nominativos, porque no garantizan la trazabilidad del dinero. Así lo prevé el Decreto Legislativo 90/2017, por el que se transpone la directiva europea sobre el ahorro, destinada a la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación encubierta del terrorismo.

El reglamento sobre las "Limitaciones al uso de efectivo y valores al portador" establece que a partir del 4 de julio sólo se podrán emitir libretas nominativas. Se prohibirá la transferencia y emisión de bonos al portador.

Se extingue así un instrumento muy utilizado en Italia por las familias, especialmente como forma de depósito para los ahorros de los menores.

Las libretas de ahorro al portador existentes deben canjearse o convertirse antes del 31 de diciembre de 2018.

Por el lado del procedimiento, obviamente, la apertura de la libreta de ahorros se hará más complicada, porque el empleado de correos o banco tendrá que identificar al beneficiario.

Las cuentas de ahorro a la vista con un saldo superior a 999,99 euros deberían haber sido regularizadas antes del 31 de marzo de 2012, bajo pena -como ha sucedido en miles de casos- de una multa de al menos 3 euros, descubierta casi siempre en el momento de la liquidación de la libreta.

En el último balance de Poste Italiane, las cuentas de ahorro a la vista todavía tienen un valor de 119 mil millones de euros, pero, afortunadamente, la mayoría de ellas ahora están registradas.

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