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Startups innovadoras, las novedades de 2017: bonificación del 30%, empresas patrocinadoras y más

Con la Ley de Presupuestos entraron en vigor una serie de novedades fiscales que incentivan las inversiones y la creación de startups innovadoras: con el bono a la inversión potenciado, las empresas patrocinadoras pueden absorber pérdidas

Con la Ley de Presupuestos de 2017, el Gobierno puso en marcha una serie de medidas a favor de las startups innovadoras. Se trata de varias bonificaciones fiscales destinadas a fortalecer aún más un sector que ya cuenta con 6.400 empresas inscritas en la sección especial del Registro Mercantil.

1. BONO DE INVERSIÓN DEL 30%

El paquete de intervención se divide en dos frentes: por un lado, las medidas para incentivar la inversión de los prestamistas externos, por otro, una serie de subsidios que pretenden hacer crecer esta realidad desde adentro, fomentando la creación de nuevas empresas. Comencemos con los primeros.

En primer lugar, a partir de este año quienes inviertan en startups innovadoras hasta un millón de euros podrán contar con una deducción del Irpef equivalente al 30% del importe pagado. Esta facilitación no es nueva, pero se potencia considerablemente, teniendo en cuenta que anteriormente la bonificación era del 19% (subía al 25% solo para startups con vocación social) y el valor máximo de la inversión sobre el que aplicar la deducción era de 500 mil euros

Sin embargo, para tener derecho al beneficio se deben conservar las acciones durante al menos tres años, uno más que las reglas vigentes hasta el año anterior. En caso de enajenación de las acciones antes del plazo establecido, la ley prevé la extinción del beneficio y la recuperación del impuesto no pagado, a lo que se aplicará el interés legal.

La deducción de Ires para empresas que invierten en startups también aumenta hasta el 30% (antes era del 20%). También en este caso la inversión debe mantenerse durante al menos tres años, pero el techo máximo subvencionable se mantiene en 1 millón 800 mil euros.

2. EMPRESAS PATROCINADORES

Una novedad absoluta que introduce la última maniobra se refiere a las empresas patrocinadoras, que podrán absorber en sus estados financieros las pérdidas registradas por las startups en los primeros tres años de su existencia. No obstante, hay que cumplir dos requisitos: las empresas patrocinadoras deben estar cotizadas y tener una participación (incluso indirecta) en el capital de la startup de al menos un 20% en su cartera.

3. CONCESIONES PARA QUIENES CREEN UNA STARTUP INNOVADORA

Actualmente, las startups innovadoras están exentas del pago de la tasa anual adeudada a las Cámaras de Comercio, así como de los gastos de secretaría y timbre que habitualmente se deben por las obligaciones a realizar en el Registro Mercantil. La maniobra prevé una facilitación más: la exención del impuesto de actos jurídicos documentados y gastos de secretaría relativos a la escritura de constitución, que puede suscribirse no sólo con firma digital sino también con firma electrónica avanzada autenticada.

Se introduce entonces un régimen fiscal y contributivo favorable para los planes de incentivos basados ​​en la cesión de acciones, cuotas o títulos similares a los directores, empleados, colaboradores y proveedores de empresas innovadoras de nueva creación e incubadoras certificadas. Las rentas derivadas de la atribución de estos instrumentos o derechos económicos no contribuirán a la formación de la base imponible, tanto a efectos fiscales como de seguridad social. De esta forma, se facilita la participación directa en el riesgo empresarial, por ejemplo mediante la cesión de opciones sobre acciones a empleados o colaboradores de una start-up.

También existe una regulación para la captación de capital riesgo por parte de empresas emergentes innovadoras a través de portales en línea, que pone en marcha un método innovador de captación generalizada de capital (financiación colectiva). En cuanto al acceso al crédito, las empresas emergentes podrán beneficiarse del fondo central de garantía para pequeñas y medianas empresas de forma gratuita y simplificada, también mediante la provisión de condiciones favorables en términos de cobertura y máximo garantizado. cantidad.

4. INVERSIONES INAIL

Finalmente, la ley de presupuesto prevé formas de inversión del Inail en favor de empresas innovadoras de nueva creación. En particular, está previsto que el Instituto pueda suscribir unidades de fondos mutuos de inversión de tipo cerrado dedicadas a la activación de empresas emergentes innovadoras o crear y participar, también con sujetos públicos y privados, italianos y extranjeros, en empresas emergentes de tipo corporativo.

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