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Apelación al TAR de Epap con Cassa dei Ragionieri y Adepp contra el Ministerio de Trabajo

Los autónomos acuden al Tar contra la decisión del Ministerio de Trabajo de no aumentar las cotizaciones a la seguridad social que pagan los clientes públicos.

EPAP, la institución de seguridad social para geólogos, químicos, agrónomos/silvicultores y actuarios, apeló ante el Tribunal Administrativo Regional de Lazio contra la falta de aprobación por parte del Ministerio de Trabajo de su propia reforma de contribución.

El objeto de la disputa es el artículo 4, que prevé el aumento de la contribución suplementaria (la que los clientes pagan en la factura) del 2% actual al 4% en los términos de la ley n. 133/2011, más conocida como ley Lo Presti. Según el Ministerio de Trabajo, la subida del 2% (que llevaría el tipo al 4%) puede aplicarse a clientes particulares pero no a las administraciones públicas, a las que se debería seguir aplicando el 2%. De ahí la no aprobación de la reforma contributiva de la institución.

La Epap considera verdaderamente singular esta interpretación de la ley Lo Presti, que establece que no hay costes para la "hacienda pública" (y no para las administraciones públicas tout-court), sino sólo para la sostenibilidad de las instituciones. Sería como si las administraciones públicas no pagaran el IVA que figura en la factura o lo pagaran reducido a la mitad.

Antes de la EPAP, otras dos instituciones de seguridad social corrieron la misma suerte: Enpapi (enfermeros profesionales) y Eppi (peritos industriales). Lo absurdo de esta interpretación -subraya la Epap- se pone de manifiesto en un dictamen pro-veritate solicitado expresamente por Eppi y en una interpelación parlamentaria remitida al Gobierno por el propio Hon. Nino Lo Presti, primer firmante de la ley 133/2012 que conduce su nombre, a lo que respondió el viceministro de Trabajo y Políticas Sociales, Michel Martone. Baste recordar que los aparejadores, ingenieros/arquitectos, contables y abogados incluyen siempre en sus facturas un suplemento del 4% tanto para clientes privados como públicos.

Frente a la determinación de rechazo de la reforma contributiva por parte del Ministerio de Trabajo, EPAP ha decidido, por tanto, oponer recurso de apelación ante el TAR de Lazio. Para sustentar los motivos, la Cassa dei Ragionieri y toda la Adepp, o la asociación de instituciones de seguridad social para trabajadores autónomos, también se sumaron al llamamiento.

“La ley Lo Presti –subrayó el presidente de EPAP Arcangelo Pirrello– fue la primera (y la única) ley que atendió la necesidad primaria de permitir que las instituciones privadas de seguridad social de los trabajadores independientes den pensiones por lo menos dignas. El sistema contributivo puro, en efecto, si es capaz de garantizar la sostenibilidad a largo plazo, produce un malestar inevitable en el monto de las pensiones que actualmente se caracterizan por una tasa de reemplazo del 20%: esto significa que con 37 años de cotización se recibir una pensión equivalente al 20% de los últimos ingresos.

La Ley Lo Presti permite aumentar el aporte complementario lo que, de hecho, produce un lastre en el aporte subjetivo (del 10% al 15% según la reforma Epap) y por lo tanto mayores montos y pensiones menos mortificantes”.

“Con una interpretación nada menos que 'gratuita'” –observó nuevamente Pirrello– “el Ministerio cree que el aumento de la cotización complementaria debe ser exclusivamente sobre los servicios profesionales a particulares. Además, esto crearía una grave disparidad entre las pensiones de los profesionales que trabajan con clientes públicos y las pensiones de los profesionales que trabajan principalmente con clientes privados. El Estado, que está llamado a supervisar la adecuación (y, por supuesto, la equidad) de las pensiones de conformidad con el artículo 38 de la Constitución, no puede permitir una interpretación tan desleal e injusta”.

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