comparte

Invertir en Pir: aclaraciones de las autoridades fiscales

La Agencia Tributaria ha publicado una circular sobre el Pir en la que explica cómo volver a la franquicia y cómo comportarse en caso de cesión o devolución antes de los 5 años.

Invertir en Pir: aclaraciones de las autoridades fiscales

¿Cómo ahorrar con Pir? La Agencia Tributaria lo explica. Luego de los lineamientos sobre el régimen de no gravabilidad introducidos por la Ley de Presupuesto de 2017, una nueva circular tributaria ilustra las principales características del nuevo régimen e identifica las soluciones a algunos temas críticos que surgieron en la comparación entre el ministerio, Ingresos y los principales comercios. asociaciones (Abi, Ania y Assogestioni). Pero vamos en orden.

QUE SON LOS PIR

Hace dos años, se introdujo en la legislación italiana un régimen no imponible para las inversiones en planes de ahorro individual (PIR) a largo plazo. Las rentas generadas por estos productos financieros no están sujetas a impuesto, por lo que no tributan como capital y otras rentas de carácter financiero y no están sujetas al impuesto de sucesiones.

El objetivo de la ley es canalizar los ahorros de los hogares hacia inversiones productivas a largo plazo, promoviendo así el crecimiento del sistema empresarial italiano. Una condición para beneficiarse del régimen es realizar inversiones en activos financieros atribuibles a empresas italianas y extranjeras (con origen en Italia), respetando ciertas restricciones de composición, límites de concentración y prohibiciones, así como mantener las inversiones durante al menos 5 años. Para una explicación más detallada, consulte un artículo anterior.

EL RÉGIMEN NO IMPONIBLE

En general, el nuevo régimen no imponible se refiere a las personas físicas con residencia fiscal en Italia que obtienen ingresos de carácter financiero al margen del ejercicio de una actividad empresarial. Entre las principales características del régimen se encuentra la prohibición de poseer más de una Pir y el límite máximo de la cantidad invertida, que no puede superar el valor total de 150 euros, con un límite anual de 30 euros. Además, para beneficiarse del régimen de no gravabilidad, las inversiones deben mantenerse durante al menos 5 años. En cuanto a las obligaciones tributarias relativas al PIR, éstas son realizadas exclusivamente por el intermediario con el que se establece o transmite el plan de ahorro.

ACLARACIONES DE INGRESOS

La aclaración más importante que llega de la Agencia Tributaria se refiere a los instrumentos financieros derivados, que se admiten en el Pir solo bajo ciertas condiciones. Otra aclaración importante para los operadores se refiere a la posibilidad de utilizar el criterio del coste medio ponderado global en caso de enajenación de inversiones como alternativa al coste medio anual previsto por la legislación específica.

CÓMO ACTUAR EN CASO DE CESIÓN O DEVOLUCIÓN ANTES DE 5 AÑOS

En caso de enajenación antes del plazo de cinco años o incumplimiento de las condiciones establecidas por la ley, las rentas percibidas están sujetas a tributación según las reglas ordinarias y sin aplicación de sanciones. Si el activo es vendido o reembolsado, es posible permanecer en el régimen subsidiado previsto por el Pir si la reinversión en otros instrumentos financieros se realiza dentro de los 90 días, cumpliendo con las restricciones de inversión establecidas por el régimen. En caso de no reinversión, sin embargo, el pago de impuestos e intereses deberá efectuarse antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que venza el plazo para la reinversión.

Revisión