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Imu, cuenta atrás para la primera cuota: cómo, cuándo y cuánto pagar

El 18 de junio es la fecha límite para pagar el depósito del Imu: aquí están todas las respuestas a las preguntas más frecuentes - ¿Cómo calcular la base imponible? ¿Cuáles son las tarifas? ¿Cuál es la diferencia entre las cuotas? ¿A cuánto ascienden las deducciones? ¿Cómo se distingue la primera casa de la segunda?

Imu, cuenta atrás para la primera cuota: cómo, cuándo y cuánto pagar

Se acerca la fecha límite, pero no te preocupes. Tan doloroso como es, entiende como se paga el imu no es imposible. La primera cuota debe estar pagada antes del lunes. 18 junio. Para el segundo pago, que tendrá el mismo importe que el anticipo, la fecha a tener en cuenta es la 17 septiembre. Tres meses después, el 18 diciembre, vence el plazo para el pago de la última cuota, que será más gravosa que las dos primeras, porque incluirá el ajuste sobre las nuevas tarifas (los municipios están obligados a definirlas antes del 30 de septiembre). Sin embargo, la división en tres cuotas solo es posible para el Imu en la primera casa. En otros casos, el impuesto se paga en su totalidad entre el pago inicial de junio y el saldo de diciembre.  

BASE IMPONIBLE

Para el cálculo de la base imponible es necesario partir de los ingresos catastrales asociados al inmueble a 5 de enero del año en curso. Esta cifra necesita ser revaluada en un 160%. El número obtenido debe multiplicarse por un coeficiente que varía según el tipo de propiedad: 80 para viviendas, 55 para oficinas, XNUMX para comercios. 

Una historia diferente es cierta para las tierras agrícolas. En este caso hay que multiplicar la renta del propietario (revalorizada en un 25%) por un coeficiente de 135, que baja a 110 sólo para los agricultores directos y los empresarios agrícolas profesionales. 

Finalmente, para los inmuebles de interés histórico o artístico y para los declarados inhabitables, se recorta la base imponible en un 50%.  

TARIFAS  

Las cuotas de junio y septiembre se tendrán que pagar obligatoriamente con las tarifas básicas incluso en los municipios donde la administración ya ha fijado los nuevos umbrales. Los tipos generales se fijan en el 0,4% para la primera vivienda y en el 0,76% para el resto de inmuebles (segunda vivienda -incluso en el extranjero-, viviendas en alquiler, terrenos edificables, terrenos agrícolas), con posibles fluctuaciones a criterio de los auditores de cuentas en un 0,2% y 0,3% respectivamente. 

En la segunda vivienda, sin embargo, el 0,38% seguirá yendo al Estado. Por lo tanto, es ampliamente previsible que las administraciones locales aumenten la tasa en lugar de bajarla, con el fin de obtener un ingreso sustancial para mantener en efectivo.

DEDUCCIONES 

El golpe más duro le llegará a las segundas residencias no sólo porque las tasas son más altas, sino también porque no se prevén deducciones por estas. En cuanto a las primeras viviendas, sin embargo, el Imu es mucho más generoso que el ICI: las deducciones van de 103,29 a 200 euros, más otros 50 euros por cada hijo a cargo de 26 años o menos.

Los municipios podrán aumentar la subvención en 200 euros, pero no podrán tocar la de los niños, que en todo caso no deberá superar el umbral total de 400 euros. Las tasas subvencionadas se reconocen sobre la antigua vivienda conyugal y, si los Municipios lo prevén, sobre la vivienda no alquilada propiedad de ancianos o discapacitados que residen en instituciones de salud u hospitalizaciones, así como sobre las viviendas de ciudadanos italianos residentes en el extranjero. 

CÓMO DISTINGUIR PRIMERA Y SEGUNDA CASA

El criterio en base al cual se distingue entre primera y segunda residencia es mucho más estricto que el previsto para el ICI. Con el IMU, sólo se considera como "residencia principal" el inmueble en el que el propietario "habitualmente vive y reside por nacimiento". Esto significa que la residencia fiscal ya no es un requisito suficiente: quienquiera que sea el propietario de la casa también debe vivir allí. Se trata de una novedad que tiene graves consecuencias: en el pasado, por ejemplo, incluso la que se concedía en préstamo para uso de los hijos se consideraba primera vivienda. Ahora ya no.

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