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Consumidores en fuga: ultimátum y multa para Meridiana

Por dos prácticas comerciales desleales diferentes, la aerolínea deberá pagar 105 mil euros - La multa proviene de la Defensa de la Competencia, que también dio a Meridiana 90 días para adaptarse a las disputas y respetar los derechos de los viajeros - Reembolsos en caso de incumplimiento de uso el billete y la asistencia a través de un call center.

Consumidores en fuga: ultimátum y multa para Meridiana

Multa a pagar por un total de 105 mil euros y 90 días para dar cumplimiento a la Ley de Defensa de la Competencia y respetar los derechos de los viajeros. Se trata del proyecto de ley presentado por la Defensa de la Competencia a Meridiana por haber implementado dos prácticas comerciales desleales distintas.

La primera disputa, que le valió a la compañía una multa de 70 mil euros, se refiere a la información dada a los pasajeros y los procedimientos adoptados para el reembolso de tasas y tasas aeroportuarias en caso de no uso del billete. Según la Antimonopolio, la información es escasa con la consecuencia de que muchos consumidores desconocen la existencia de la ley. 

Además, los trámites para obtener la devolución de lo adeudado son decididamente onerosos: al tener que pagar un elevado coste (20 euros) para iniciar el trámite, lo que reduce y en ocasiones anula el importe de la propia devolución, los pasajeros prefieren tirar la toalla. . No es casualidad que las solicitudes recibidas por la empresa sean muy pocas. En definitiva, según la Autoridad, se trata de un obstáculo puesto por la empresa al ejercicio del derecho del pasajero.

La segunda práctica, sancionada con una multa de 35 euros, se refiere en cambio a la asistencia prestada a los pasajeros a través de un centro de llamadas de pago a tarifas elevadas. Para la Defensa de la Competencia, Meridiana, al prever o proponer el canal de call center de pago como única forma de acceso a la asistencia, en realidad ha sometido el ejercicio de los derechos legítimos de los consumidores a un procedimiento oneroso, imponiéndoles un recargo especialmente elevado, no anteriormente indicado, ni previsible en su cuantía final: también en este caso un obstáculo importante para el ejercicio de los derechos de los pasajeros.

Ahora la empresa deberá presentar un informe de cumplimiento antes de los primeros meses de 2015 especificando las medidas que pretende adoptar para cumplir con la decisión de Defensa de la Competencia.

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