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Abuso en las profesiones, el Senado quiere aumentar las penas

Hoy insignificante y eludible con una multa de 516 euros, las medidas punitivas podrían incrementarse a dos años de prisión y una multa de 50 euros. Sobre todo, se critica a los falsos médicos y dentistas, pero la norma tendría un carácter general y se referiría al ejercicio abusivo de todas las profesiones para las que es necesaria la inscripción en el Registro.

Abuso en las profesiones, el Senado quiere aumentar las penas

Mañana, en la Comisión de Justicia del Senado, se votarán las penas y sanciones más duras por el ejercicio abusivo de profesiones para las que se exige una titulación particular. La comisión tendrá que decidir el alcance de las nuevas medidas, y si existen diferentes propuestas sobre estas entre los grupos parlamentarios, no obstante el principio de plantear las actualmente establecidas por el código penal, generalmente consideradas insignificantes y, por tanto, ineficaces como elemento disuasorio contra el abuso profesional.

En el centro de atención está sobre todo el ejercicio abusivo de las profesiones médica y odontológica, particularmente grave en cuanto se pretende afectar la salud de los ciudadanos; sin embargo, la medida que examina el Senado tiene un alcance general y, al modificar las penas y sanciones previstas en el artículo 348 del código penal, se refiere a todas las profesiones para las cuales el Estado exige requisitos y cualidades particulares para su ejercicio. , para la protección de los ciudadanos beneficiarios de los servicios.

La Comisión de Justicia también debatirá la introducción de una ley penal específica contra los falsos médicos, precisamente con el fin de hacer aún más severas las penas para quienes cometen este delito. Al igual que otras iniciativas de modificación, desearían disposiciones normativas específicas para algunos sectores de actividad. Sin embargo, la orientación de la mayoría y del Gobierno parece ser la de limitar la intervención normativa a plantear las medidas punitivas, ya que se trata de cambios que entrarían en el código penal y que, por tanto, conviene que sigan siendo de alcance general. 

Actualmente, por el ejercicio abusivo de profesiones reguladas la sanción es de prisión de hasta seis meses o multa que oscila entre 103 y 516 euros (correspondientes a los valores antiguos de 200 liras y un millón). La pena de prisión también se considera ineficaz porque puede eludirse mediante el pago de una sanción pecuniaria tan insignificante como para no ser comparable con los ingresos que el falso profesional puede obtener de la actividad abusiva. Los proyectos de ley que examina la comisión contemplan elevar la pena de prisión a por lo menos uno o dos años con el agregado de una sanción pecuniaria, incluso hasta cien veces la actual. Además, se prevé el decomiso del material y herramientas utilizadas para las actividades realizadas ilegalmente.

Sin embargo, no se prevé ninguna intervención aclaratoria para delimitar el alcance del art. 348 del código penal, que genéricamente se refiere a las profesiones para las que “se requiere autorización especial del Estado”, por tanto las reguladas por el artículo 2229 del código civil, para cuyo ejercicio es necesaria la inscripción en registros o listas especiales. En este sentido, la jurisprudencia ha interpretado diversamente el derecho penal a lo largo del tiempo, con referencia a las actividades específicas así como a los modos de su realización por parte de sujetos no inscritos en los Registros.

La disposición sobre penas más severas por abuso profesional está en su primera lectura parlamentaria en el Senado. Tras el escrutinio de la Comisión de Justicia y la votación en Asamblea, por tanto, deberá pasar al examen de la Cámara.

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