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Se lanza el árbitro de seguros: así funciona y quién puede apelar

El nuevo sistema de resolución alternativa de conflictos para las compañías de seguros se pondrá en marcha el 15 de enero.

Se lanza el árbitro de seguros: así funciona y quién puede apelar

El Árbitro de Seguros (ASS), el nuevo sistema alternativo de resolución de disputas para las compañías de seguros, entra en funcionamiento hoy, jueves 15 de enero. El AAS se creó para ofrecer a los ciudadanos, empresas y otras partes interesadas una herramienta sencilla, rápida y totalmente digital para gestionar disputas con las compañías de seguros o en relación con los contratos y pólizas de seguro estipulados con intermediarios, como alternativa al recurso más burocrático ante las autoridades judiciales. El organismo es independiente e imparcial. La apelación no requiere la asistencia de un abogado, tiene un bajo costo y permite obtener una decisión en un plazo determinado.

El árbitro de seguros: cómo funciona

La AAS opera a través de un Colegio compuesto por cinco miembrosTodos ellos designados por el IVASS. El Panel está integrado por representantes de la Autoridad de Supervisión, empresas o intermediarios, así como consumidores o no consumidores, según corresponda. La Secretaría Técnica, establecida en el IVASS, gestiona el procedimiento sin participar en la toma de decisiones. Presentar una reclamación preliminar a la compañía de seguros o al intermediario es un requisito indispensable para acceder al AAS. La reclamación debe referirse a los mismos hechos que el objeto del recurso posterior. De no hacerlo, el recurso se declarará inadmisible.

Aquí se explica quién puede apelar y en qué casos

El tomador del seguro; el asegurado y el beneficiario, en el caso de las pólizas de seguro de vida; y la parte perjudicada con una reclamación directa, por ejemplo, en reclamaciones de responsabilidad civil por accidentes de tráfico, tienen derecho a presentar una reclamación. Los profesionales del sector no tienen derecho a presentar una reclamación por disputas relacionadas con su propia actividad. La reclamación puede referirse, entre otros aspectos:, falta de pago de indemnización o daños y perjuiciosLa aplicación de cláusulas contractuales o conductas consideradas incompatibles con la normativa que regula la distribución y gestión de pólizas de seguros. Los hechos impugnados deben haberse producido o descubierto en un plazo de tres años desde la presentación de la reclamación. El recurso debe interponerse en un plazo de doce meses desde su presentación. Se aplican diferentes límites de cuantía según el tipo de póliza: reclamaciones directas por daños hasta 2.500 €; pólizas de vida hasta 300.000 € para TCM y 150.000 € para otras; y pólizas de daños y perjuicios hasta 25.000 €. El recurso debe presentarse exclusivamente en línea a través del Portal de la AAS. Es necesario adjuntar la reclamación, la documentación justificativa y un recibo de la tasa de 20 € abonada mediante PagoPA.

La investigación y la decisión de la ASS

El procedimiento implica un intercambio estructurado de escritos entre las partes, gestionado por la Secretaría Técnica. El proceso contradictorio suele concluir en un plazo de 90 días, tras lo cual el expediente se remite al Panel para su decisión. La Junta decide mediante resolución motivada en el plazo de 90 días. Desde la conclusión de la audiencia, que puede extenderse en casos más complejos. En algunos casos, la decisión puede tomarse en equidad. Si se estima el recurso, se reembolsa la tasa abonada por el apelante. Las decisiones de la AAS no son vinculantes. Sin embargo, cualquier incumplimiento se publica en el sitio web de la AAS y en el sitio web de la empresa o intermediario en cuestión, con importantes repercusiones reputacionales. El procedimiento puede concluir anticipadamente por desistimiento o acuerdo entre las partes. Si no se cumplen los requisitos, la AAS declara el recurso inadmisible, sin reembolsar la tasa.

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