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Autoridad de Supervisión, Bankitalia, Ivass y Consob unen fuerzas y apuestan por un “mecanismo” único. Memorando de entendimiento firmado

El protocolo se configura como un "acuerdo marco" y prevé la posibilidad de que las Autoridades definan otros acuerdos de coordinación específicos para cada conglomerado. El Protocolo ahora se limita a los conglomerados financieros que incluyen instituciones de crédito “menos significativas”

Autoridad de Supervisión, Bankitalia, Ivass y Consob unen fuerzas y apuestan por un “mecanismo” único. Memorando de entendimiento firmado

En un momento de gran actividad en la mesa donde se juega la impresionante partida de riesgo de la banca italiana, incluso el autoridades de control Se organizan y pretenden unir fuerzas. Allá Banco de Italia Para los bancos, IVASS para el seguro y el Consob Para los mercados de valores tienen tanto Memorando de entendimiento firmado “en el campo de la identificación y vigilancia adicional en conglomerados financieros.

Ya existía un Acuerdo de Coordinación que databa del 31 de marzo de 2006, pero este nuevo Protocolo lo sustituirá teniendo en cuenta "los cambios que se han producido entretanto en la estructura institucional de supervisión y la evolución de las normas de referencia", dice una nota, estableciendo un Mecanismo Único de Supervisión.

El Protocolo define las modalidades de cooperación e intercambio de información entre las Autoridades con el fin de ejercer una supervisión complementaria sobre los conglomerados financieros y, configurándose como "Acuerdo marco“, prevé la posibilidad de que las Autoridades signatarias definan otros acuerdos coordinación específica de cada conglomerado.

Considerando la atribución a la Mecanismo Único de Supervisión de las funciones de supervisión prudencial sobre bancos “importantes”, la Protocolo ahora está limitado a Sólo conglomerados financieros que incluyen las entidades de crédito “menos significativo”. Además, se precisan los procedimientos operativos que las autoridades competentes para el ejercicio de la supervisión adicional sobre estas últimas pretenden seguir para el cálculo de los umbrales cuantitativos para medir la importancia del sector de seguros y del sector bancario/de servicios de inversión respecto del total del grupo, en relación con la naturaleza de los vínculos accionariales existentes.

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