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Cigarrillos electrónicos, el aguijón del fisco a los minoristas

Nuevas reglas sobre cigarrillos electrónicos en la ley IVA-trabajo: para vender e-cigs y recargas, será necesario solicitar una autorización a la agencia de Aduanas y Monopolios y pagar el producto presunto de los dos primeros años de actividad como depósito - El impuesto al consumo del tabaquismo electrónico sube al 58,5% y habrá que pagarlo casi al mismo tiempo.

Cigarrillos electrónicos, el aguijón del fisco a los minoristas

Las manos del recaudador de impuestos se extienden sobre los cigarrillos electrónicos. A partir de hoy, de hecho, para vender e-cigs y recargas, se requerirá una autorización solicitada a la agencia de Aduanas y Monopolios, como lo exige el decreto de IVA-trabajo el verano pasado firmado por el Ministro de Economía, Fabrizio Saccomanni.

La solicitud de autorización constará de los datos personales del comerciante y del lugar de almacenamiento (con planimetría), también será necesario indicar un importe presuntivo de los impuestos especiales sobre la enajenación a pagar en los dos primeros períodos impositivos. También existen otros requisitos como, por ejemplo, la inexistencia de medidas cautelares, acusación o condena por delitos económicos. La expedición de la licencia está condicionada al pago de un importante anticipo: el revendedor deberá pagar en concepto de depósito lo que espera recaudar en concepto de impuestos en los dos primeros años de actividad.

Al mismo tiempo, el impuesto al consumo de cigarrillos electrónicos aumentó al 58,5% del precio de venta. De esta manera, el recaudador de impuestos también asegura el control sobre los precios cobrados: de hecho, cada minorista deberá comunicar su lista de precios a Aduanas-Monopoli, que deberá aprobarla dentro de los 60 días. Los impuestos especiales sobre los cigarrillos electrónicos se pagarán con el modelo F24 casi simultáneamente: a fin de mes si la comercialización se realizó en los primeros 15 días o dentro de los 15 días del mes siguiente si la venta se realizó en la segunda parte del mes anterior.

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