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Reforma de la justicia: declaraciones contables falsas, autolavado desinflado en su lugar

El texto presentado por el ministro Orlando reintroduce los procesos judiciales por falsedad contable, excluyendo sin embargo a las pequeñas empresas - En cuanto al autolavado, el delito no será impugnable si el dinero reinvertido proviene de delitos como la ilegalidad e irregularidades en la declaración de impuestos.

Reforma de la justicia: declaraciones contables falsas, autolavado desinflado en su lugar

Luego de una larga gestación, llega el texto del nuevo proyecto de ley anticorrupción de la ministra Andrea Orlando, que contiene las nuevas normas sobre contabilidad falsa y sobre el autolavado.

En cuanto al primer capítulo, reintroduce la facultad de proceder de oficio por parte de los magistrados, principio abolido con la despenalización del delito llevada a cabo en 2001 por el segundo gobierno de Berlusconi. Sin embargo, hay algunas excepciones, y no son insignificantes: los fiscales solo pueden actuar tras una denuncia "de la empresa, socios o acreedores" para las pequeñas empresas. Además, el hecho no es punible “si las falsedades u omisiones no han producido una alteración significativa de la representación de la situación económica, patrimonial o financiera de la sociedad o grupo al que pertenece”. 

El estándar enautolavado, en cambio, se introduce por primera vez en nuestro código penal, pero en una versión mucho menos incisiva que la del texto original, probablemente por presiones de Forza Italia y Nuovo Centrodestra. Ahora la ley prevé castigar con pena de dos a ocho años de prisión y multa de 5 mil a 25 mil euros sólo a quienes reinviertan el dinero resultante de "un delito culposo castigado con pena privativa de libertad no inferior a un máximo de 5 años". “, en el sentido de que se concederá a los magistrados una doble acción: contra el delito inicial y contra las actividades financiadas con el producto del delito inicial.

La definición contenida en el nuevo texto, sin embargo, excluye la segunda posibilidad para delitos propios de los blanqueadores como el fraude, la malversación y las irregularidades en la declaración de impuestos, que se castigan con un máximo de tres años. Berlusconi quiso ir más allá, exigiendo que el delito sea impugnable sólo por delitos de mafia y narcotráfico. Fue este tira y afloja lo que bloqueó el proyecto de ley anticorrupción durante semanas. 

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