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Reforma laboral: el que despide tendrá que devolver los incentivos

Para superar la oposición del Pd de izquierda y los sindicatos a la derogación del artículo 18, el Gobierno prevé introducir un nuevo criterio: reducir los incentivos a las empresas que despidan trabajadores en la primera fase del contrato con protecciones crecientes -Pero la duda queda: ¿qué pasará después de la "primera fase", que debería durar tres años? Las hipótesis son diferentes.

Reforma laboral: el que despide tendrá que devolver los incentivos

Para hacer atractivo el nuevo contrato con mayores protecciones, corazón de la Ley del Empleo, el Gobierno pretende derogar el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores, que obliga a la reincorporación de quienes sean despedidos sin justa causa. A su vez, para hacer digerible este paso para el Pd de izquierda y los sindicatos, el Ejecutivo prevé introducir un nuevo criterio: reducir los incentivos a las empresas que despiden. Esta sería una forma diferente de defender a los trabajadores, ya no una verdadera protección legal a favor de los empleados, sino solo un desincentivo fiscal para las empresas. La noticia fue anticipada hoy por El Corriere della Sera.  

Los incentivos fiscales en cuestión son los que el gobierno pretende introducir por su cuenta en el contrato con protecciones crecientes, para hacer esta forma de relación más cómoda y, por tanto, más extendida que los contratos de duración determinada. sería sobre descuentos en los costos laborales, en comparación con el contrato a término fijo, que las empresas deben pagar al Estado en caso de que decidan despedir al trabajador en la primera fase del contrato con protecciones crecientes. Será crucial entender la extensión temporal de esta cláusula (estamos hablando de tres años). 

I contratos de duración determinada, sin embargo, debería sobrevivir sólo para trabajos realmente limitados en el tiempo, como los trabajos de temporada, mientras que co.co.pro y otras formas de precariedad deberían desaparecer. 

Quanto todo 'Artículo 18, su área de influencia se reducirá año tras año, porque el nuevo contrato con protecciones crecientes se aplicará solo a las contrataciones posteriores a la entrada en vigor de la ley. El nuevo sistema establece que las empresas tienen la obligación de reintegrar a los trabajadores sólo en caso de despidos discriminatorios (religión, raza, política, orientación sexual, afiliación sindical y más), pero en juicios laborales la carga de la prueba correrá a cargo del trabajador. En los demás casos, la empresa podrá despedirse libremente previo pago de una indemnización económica que aumenta en relación con los años de servicio (las hipótesis varían de uno a tres meses de salario por año de trabajo).

A nivel político, las controversias se centran en un punto en particular: que pasara despues de los famosos tres años protección indirecta de los trabajadores a través del incentivo fiscal? Los sindicatos y la izquierda Pd quieren que vuelva a entrar en vigor el artículo 18. Ncd pide que solo quede en juego la compensación que aumenta con el tiempo. El resto del Partido Demócrata se divide entre el camino señalado por la derecha y la idea de reintroducir el artículo 18 solo después de cierto número de años de servicio (6-12-15) o cierta edad del trabajador.

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