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Ponte Morandi, la Consulta: legítima para excluir Autostrade

La decisión está de acuerdo con el gobierno amarillo-verde Conte-Salvini-Di Maio que había expulsado a la empresa Benetton de los trabajos de reconstrucción, a la que, sin embargo, el ministro De Micheli le confió la gestión del nuevo puente de Génova - Alta tensión en la mayoría. Conte: "Sobre el otorgamiento de decisiones ad horas". Aspi "Nunca recibió propuestas formales del gobierno"

Ponte Morandi, la Consulta: legítima para excluir Autostrade

La decisión ha llegado: la Corte Constitucional da la razón al gobierno. El ejecutivo, entonces amarillo-verde, podría legítimamente excluir a Autostrade per l'Italia de la reconstrucción del puente Morandi, que se derrumbó en Génova hace 23 meses, en vísperas del XNUMX de agosto. La decisión, que llega tras la cuestión planteada por el Tribunal Administrativo Regional de Liguria, a la que había recurrido Aspi por considerar que el llamado Decreto de Génova era ilegítimo, culpa por tanto a la concesionaria y llega el mismo día en que estalló. el caso del nuevo puente de Génova que la ministra de Transportes Paola De Micheli ha encomendado a la concesionaria a la espera de decidir qué pasará con la concesión. Todo ello mientras Génova está paralizada por el enloquecido tráfico debido al bloqueo de la autopista por las obras extraordinarias solicitadas a finales de mayo a lo largo de los túneles. Una situación explosiva sobre la que ahora habrá que ver cómo incide el impacto del fallo de la Consulta.

La mayoría está en fibrilación y el M5S en las barricadas. El primer ministro Conte, acusado por el Partido Demócrata de haberse estancado hasta ahora, aseguró que la decisión sobre la revocación de la concesión a Aspi llegará "ad horas o en todo caso durante la semana". “Nunca recibí retroalimentación formal a las propuestas realizadas, ni comunicaciones sobre otras condiciones planteadas por el ejecutivo”, responde la empresa Benetton. 

Sin embargo, está por ver si se mantiene o no la regla introducida a finales de año con el artículo 35 del decreto Milleproroghe, que reduce la compensación para el concesionario al limitarla solo a las inversiones realizadas (unos 7 mil millones) y tampoco al perjuicio por el lucro cesante por la revocación prematura de la concesión, con vencimiento en 2038 (la indemnización ascendería al menos a 23 millones). Atlantia, que controla Aspi, apeló a la UE alegando que el gobierno de Conte ha violado contratos y está presionando para una venta forzosa de la empresa a precios por debajo del mercado. Por lo tanto, la madeja queda decididamente muy enredada. Pero he aquí el texto del comunicado con el que la Corte Constitucional anunció la decisión sobre el Puente Morandi:

“El Tribunal Constitucional examinó hoy en la sala del consejo las cuestiones planteadas por el Tribunal Administrativo Regional de Liguria en relación con numerosas disposiciones del Decreto Ley n. 109 de 2018 (el llamado Decreto de Génova) emitido tras el derrumbe del Puente Morandi. El Decreto encomendó a un comisionado extraordinario las actividades encaminadas a la demolición y reconstrucción completa del puente, así como la expropiación de las áreas necesarias para ello. Además, se solicitó al comisario que identificara a las empresas contratistas, impidiéndole contactar a la concesionaria Autostrade Spa (Aspi) y las empresas controladas por ésta o asociadas a ella. Finalmente, el decreto impugnado obligó a Aspi a afrontar los gastos de reconstrucción y expropiación.

A la espera de que se dicte sentencia, el Gabinete de Prensa informa de que el Juzgado ha considerado infundadas las cuestiones relativas a la exclusión legislativa de Aspi del procedimiento negociado destinado a elegir las empresas a las que encomendar las obras de demolición y reconstrucción.

La decisión del legislador de no encomendar a Autostrade la reconstrucción del puente estuvo determinada por la excepcional gravedad de la situación que le llevó, por precaución, a no encomendar los trabajos a la empresa encargada del mantenimiento del propio puente.

Seguidamente, el Tribunal declaró inadmisibles las cuestiones relativas a la exclusión análoga de empresas vinculadas a Aspi y las relativas a la obligación de la concesionaria de hacer frente a los gastos de reconstrucción del puente y expropiación de los terrenos afectados. El fallo se presentará en las próximas semanas".

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