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¿Las CCB recuperan la autonomía? El punto de inflexión en la votación del Parlamento

En las próximas horas, la Cámara examinará algunas enmiendas al decreto sobre el Popolare di Bari que prevé sistemas de protección institucional para los bancos mutuos que, siguiendo el modelo de Trento y Bolzano, los emanciparía de las jaulas de los dos nacionales. valores en cartera

¿Las CCB recuperan la autonomía? El punto de inflexión en la votación del Parlamento

No todos los males vienen a ser dañinos! Parece que una vez más este antiguo brocardo debe tener razón, como se desprende del esperado epílogo de la secular historia del Popolare di Bari, que ha aterrizado en el Parlamento donde (pronto) el decreto ley n. 142 de 2019 - que preveía el financiamiento de MCC destinado a apoyar el sistema crediticio del Sur y la creación de un banco de inversión - debe convertirse en ley, trayendo una apertura benéfica inesperada para el sector de crédito cooperativo, significativamente probado por la reforma. disciplinario de 2016.

Me refiero, en particular, al hecho de que el texto del mencionado decreto legislativo núm. 142, para aprobación de la Sala, contiene algunas reformas entre las cuales, a mi juicio, las modificaciones del césped. 49 de 2016, que había innovado la disciplina de los bancos mutuales.

El vaticinio de una posible adhesión a los "Sistemas de protección institucional" de todos los integrantes de la categoría concernida al respecto nos lleva a creer que el legislador -tras años de críticas formuladas por la doctrina- ha dado paso finalmente a un "arrepentimiento activo". ', devolviendo al mismo su especificación misión de los bancos locales. Por fin podrán recuperar la posesión de su autonomía de gestión y, por tanto, escapar al mal tiempo de una heterodirección que está cambiando su función por la de 'meras dependencias' operando dentro del grupo al que, tras la promulgación de la ley n. . 49, se han unido.

En este sentido, se orienta la "facultad de adoptar, como alternativa al establecimiento del grupo bancario cooperativo, sistemas de protección institucional", ahora permitidos a todos los BCC italianos (y no solo a los de las provincias de Trento y Bolzano). Huelga recordar que estos sistemas prevén la constitución de un administrador en forma de sociedad anónima o de sociedad cooperativa en el caso de los sistemas provinciales. 

Esta fórmula organizativa, actualmente ya practicada en algunos países de la Eurozona (Austria, Alemania y España en el sector que aquí nos ocupa), se basa en un "acuerdo de responsabilidad", contractual o previsto por la ley, que protege a los bancos participantes y, en particular, garantiza que tengan suficiente liquidez y solvencia, lo que permite un "alto nivel de autonomía e independencia de las entidades de crédito individuales" (como especifica textualmente el BCE en la 'Guía sobre el enfoque para el reconocimiento de los sistemas institucionales de protección de las entidades de crédito prudenciales'). fines'). 

Por lo tanto, se propone un cambio disciplinario que ciertamente debería ser especialmente bienvenido en los bancos mutuos. Podría acabar con el generalizado malestar de la que se quejan muchos exponentes de la categoría, quienes se resienten de ciertos condicionamientos que les imponen los líderes de los grupos cooperativos, sintiéndose aprisionados en una jaula de la que -sin dicha enmienda- es imposible salir. 

Finalmente, parece haber llegado el momento en que el Banco de Italia podrá aceptar, y apoyar, las solicitudes del mundo cooperativo, que se basa en el equilibrio tradicional del Órgano de Supervisión para ver los aspectos distónicos de la ley n. 49, en ocasiones aplicado por la Sociedad Dominante sin ningún tipo de participación, sin el cumplimiento de los requisitos del llamado pacto de afiliación, el principio de los llamados beneficios compensatorios, así como con una actitud autoritaria lo que denota, para no hablar de lo otro, la convicción de ser titulares de un "dominio" que -como es bien sabido- no caracteriza el espíritu de la reforma. 

Ello, sin perjuicio de los peligrosos efectos económicos de la probable deriva judicial a la que se arriesgan las BCC pertenecientes al grupo CCB tras la conocida acción de daños y perjuicios contra estas últimas, iniciada recientemente por los accionistas de Carige. Desde otro punto de vista, se observa que la introducción de tal cambio normativo debe ser considerada en línea con los lineamientos de la política, logrando lograr una convergencia de intenciones en la materia, que se han manifestado, a lo largo del tiempo, incluso por "fiestas" de signo contrario.  

En ese sentido, parece significativo el compromiso -asumido por el primer ministro Conte en su primer discurso programático- de intervenir en las leyes de reforma de los bancos cooperativos, adoptadas durante la XVII Legislatura. Esta fue una promesa que denota la conciencia de la necesidad de revisar un complejo dispositivo que afecta a los "bancos más integrados del área para recuperar su función", como pudo precisar el Premier.

Estamos en presencia de una posición que, como decía, es compartida en la política, como se deduce de los resultados de una especie de "reunión general" del mundo cooperativo, celebrada en Florencia en septiembre de 2018, cuando -junto a algunos estudiosos (Valerio Onida, Andrea Sacco Ginevri) y algunos exponentes de la mayoría del tiempo (Bagnai) - critiqué las deficiencias de la ley de conversión del Decreto Legislativo 91 de 2018, al mismo tiempo que planteé dudas sobre la legitimidad constitucional de muchos disposiciones de la reforma. 

Por lo tanto, un cambio en la legislación especial que permite a los bancos mutuos - descontentos con los métodos en que la participación en los grupos bancarios a que se refiere la ley no. 49 – recuperar su esencia cooperativa que tiene su origen en la afirmación de una solidaridad de origen cristiano. De esta forma, se podrá seguir brindando al sector económico un enriquecimiento de la oferta financiera orientada a satisfacer las necesidades de un tipo particular de clientela que, de otra manera, no podría acceder al crédito. 

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