En el florecimiento de balances finales que caracteriza este período del año, la Informe del Árbitro de Controversias Financieras (ACF), activo en la Consb que apoya su actividad y ahora en su segundo año de funcionamiento.
Recibidos 1824 recursos, de los cuales 1408 fueron admitidos con más de 1650 decisiones dictadas y 33,5 millones de euros en indemnizaciones totales concedidas: estos son los números que saltan a la vista incluso en una primera lectura superficial del Informe.
Al parecer, el número de recursos recibidos por la ACF no difiere del año anterior. Pero debe precisarse de inmediato que en 2017 las operaciones del Árbitro estuvieron fuertemente condicionadas por el número significativo (alrededor del 40% del total) de las apelaciones presentadas por los accionistas de los dos bancos del Véneto; por lo que, eliminando este componente extraordinario, la cifra de 2018 mostraría un fuerte crecimiento (60%) como evidencia del éxito de este instrumento perteneciente a la familia ADR (Resolución Alternativa de Controversias).
Lo observa con un toque de orgullo mal disimulado. el presidente de ACF, Giampaolo Barbuzzi,: “son resultados positivos, que dan la sensación de una progresiva consolidación del papel asignado a la ACF, como órgano encargado de resolver los conflictos entre los ahorradores minoristas y los intermediarios autorizados, en caso de incumplimiento de estos últimos de sus funciones de diligencia, corrección, transparencia e información en la prestación de servicios de inversión a los clientes”.
En este contexto -agrega Barbuzzi- "de particular importancia fue la actividad realizada a fines de 2018 en la implementación del llamado decreto milleproroghe, que permitió a poco menos de 1.000 ahorradores involucrados en los hechos notorios que involucraron a los dos bancos de Veneto, puestos en liquidación administrativa obligatoria en junio de 2017, y los cuatro bancos resueltos a fines de 2015, para obtener alivio inmediato, como víctimas de misselling (venta fraudulenta), por un valor total aproximado de 30 millones de euros”.
A nivel cualitativo, cabe destacar que el alcance de las decisiones asumido por esta Junta Arbitral, compuesta por 5 miembros, abarca desde cuestiones de procedimiento hasta las relativas a su competencia; de las cuestiones de legitimidad a las relativas a los límites de su poder cognoscitivo; de las cuestiones relativas a la instrucción probatoria a las preliminares de mérito; desde las cuestiones sustantivas en materia de obligaciones de conducta hasta las relativas al daño indemnizable.
Un amplio panorama, por tanto, del que las páginas de este Informe dan cuenta preciso con ideas decididamente interesantes, delineando caminos de toma de decisiones que, en algunos casos, desandar los ya explorados por la jurisprudencia tradicional; en otros casos, sin embargo, brindan espacios y soportes para la reflexión sobre soluciones jurisprudenciales futuras inéditas.
También se debe hacer una referencia rápida a criticidades encontradas a través de la operación concreta del ACF y que básicamente se pueden dividir en dos categorías: externas al Árbitro, o internas a la ACF.
En el primer frente, por un lado, se encuentra a menudo un cumplimiento más formal que sustancial de las normas de conducta, que obligan al intermediario a una conducta inspirada en la prestación del mejor servicio posible al cliente; por otro lado, la de la clientela, también se ha identificado una actitud predominantemente pasiva hasta el momento en que se tiene la percepción de que algo no va en la dirección correcta. Al subvertir estos dos tipos de comportamiento, es fácil comprender que el número de casos controvertidos y posteriores apelaciones se reduciría drásticamente.
En cuanto a los temas críticos de carácter interno del Árbitro, probablemente el más relevante se refiera a la necesidad de que éste sea fortalecido para atender aún con mayor eficacia y celeridad los volúmenes de recursos presentados. Una necesidad, ya sentida tras el primer año de funcionamiento y que también se reafirmaba en las páginas del reciente Plan Estratégico Trienal 2019-2012 de Consob.
Pasando, pues, la atención a los primeros datos de 2019, también la tendencia de los primeros 3 meses, marcada por un aumento significativo en el flujo de apelaciones entrantes, confirma para Barbuzzi que "la creación de la ACF ha permitido interceptar una domanda de amparo en vía extrajudicial ampliamente extendida y ramificada en todo el territorio nacional, considerando que se han recibido recursos de ahorristas residentes en todas las regiones de nuestro país”.
En definitiva, un reconocimiento importante de la preciosa función de esta protección de la legalidad ofrecida a los inversores con vistas a un desarrollo aún más eficaz del mercado financiero italiano y en nombre de una composición equilibrada de los intereses expresados por sus múltiples actores.
