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Ley de Empleo y controles remotos, Poletti: "Privacidad protegida"

Una nota difundida por el Ministerio del Trabajo aclara la controvertida norma sobre control remoto de empleados contenida en la Ley de Empleo y desmiente las furiosas polémicas gremiales: “Nada de liberalización de controles, solo definición de los métodos de uso de herramientas tecnológicas para el desempeño laboral” - EL TEXTO DE LA NOTA

Ley de Empleo y controles remotos, Poletti: "Privacidad protegida"

Los sindicatos - CGIL y Camusso a la cabeza - junto a la oposición política levantan una furiosa polémica por la norma sobre mandos a distancia contenida en el decreto de aplicación de la Ley de Empleo, pero hoy una nota del Ministerio del Trabajo, firmada por el ministro Poletti, desmonta la trifulca y aclara cómo son realmente las cosas.

 Según algunas interpretaciones del informe enviado por el Gobierno a la Cámara y al Senado, de hecho, las empresas podrán realizar controles a sus empleados a través de sistemas audiovisuales (PCs, tablets, teléfonos de empresa) sin haber suscrito convenios sindicales previos, sino únicamente entregando a los trabajadores un documento de política de privacidad informándoles sobre el uso de estas herramientas.

Hoy el Ministerio de Trabajo aclara explicando que la ley en cuestión "no liberaliza los controles a los trabajadores y está en línea con las indicaciones que el Garante de Privacidad y, en particular, con las directrices de 2007 sobre el uso del correo electrónico y de la Internet".

“La norma sobre sistemas audiovisuales y otras herramientas de control contenida en el proyecto de decreto legislativo en materia de simplificaciones - reza la nota del Ministerio, que se puede leer en el enlace adjunto en la versión íntegra - adapta la normativa contenida en el artículo 4 del el Estatuto de los Trabajadores, que se remonta a 1970, a las innovaciones tecnológicas que se han producido entretanto".

"Al igual que la disposición original del Estatuto - continúa la nota -, esta nueva disposición también prevé que los instrumentos de control remoto, de los que también se deriva la posibilidad de controlar a los trabajadores, puedan instalarse exclusivamente para necesidades de organización y producción, para la seguridad del trabajo y para la protección de los activos sociales; y exclusivamente con acuerdo del sindicato o, en su defecto, con autorización de la Dirección Territorial de Trabajo o del Ministerio”.

“Por lo tanto, cabe reiterar –concluye el ministerio– que no se autoriza ningún control remoto; más bien, solo aclara cómo usar las herramientas ttecnologías utilizadas para el desempeño del trabajo y los límites de usabilidad de los datos recopilados con estas herramientas. El nuevo artículo 4, además, fortalece y protege la posición del trabajador incluso mejor que en el pasado, exigiendo que el trabajador reciba información adecuada sobre la existencia y métodos de uso de los equipos de control”.

Antes de que llegara la aclaración del ministerio que dirige Giuliano Poletti, había estallado la polémica, sobre todo en la casa de la CGIL. El líder de la organización sindical. susana camusso, había definido la regulación sobre monitoreo remoto como "espionaje contra los trabajadores" y dijo que estaba "lista para intervenir y evaluar todo lo que se pueda hacer, comenzaremos con las comisiones, consultaremos a las autoridades, evaluaremos los recursos judiciales, Continuará la movilización y sobre todo el regateo". Una tormenta en una taza de té, pero tal vez incluso los medios de comunicación, antes de montarse pasivamente en el sensacionalismo de las polémicas infundadas, harían bien en leer los textos y documentarse.

Aquí está la declaración del gobierno, para mayor claridad. 

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