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Bancos y diamantes: multa de 15 millones de la Antimonopolio

“Los métodos de oferta de diamantes para inversión por parte de Intermarket Diamond Business y Diamond Private Investment son engañosos y omisos” según la Autoridad Antimonopolio que los sanciona duramente junto con los bancos con los que operaban

Bancos y diamantes: multa de 15 millones de la Antimonopolio

Al concluir dos investigaciones, la Autoridad Antimonopolio consideró que los métodos de oferta de diamantes de inversión por parte de Intermarket Diamond Business – IDB SpA (IDB) y Diamond Private Investment – DPI SpA (DPI) eran gravemente engañosos y omisos, también a través de instituciones de crédito con los que operaban respectivamente: Unicredit y Banco BPM (por BID); Intesa Sanpaolo y Banca Monte dei Paschi di Siena (para DPI).

Los perfiles de incorrección encontrados para ambas empresas se referían a la información engañosa y omisiva difundida a través del sitio y al material promocional elaborado por ellas en relación con: a) el precio de venta de los diamantes, presentado como cotización de mercado, resultado de una encuesta objetiva publicada en los principales diarios económicos; b) el desempeño del mercado de diamantes, representado por un crecimiento estable y constante; c) la fácil liquidación y reventa de diamantes a los precios indicados y con tiempos determinados; yd) la cualificación de los profesionales como líderes del mercado.

En realidad, a la luz de los hallazgos preliminares, se desprendió que las cotizaciones de mercado eran los precios de venta libremente determinados por los profesionales, muy superiores al costo de compra de la piedra y los referentes internacionales (Rapaport e IDEX); la tendencia de las cotizaciones fue la tendencia del precio de venta de las empresas anualmente y progresivamente incrementada por los vendedores; y las perspectivas de liquidabilidad y reventa estaban únicamente vinculadas a la posibilidad de que el comerciante encontrara otros consumidores dentro de su propio circuito.

La Autoridad también constató que las instituciones de crédito, principal canal de venta de diamantes para ambas empresas, utilizando el material informativo elaborado por el BID y el DPI, propusieron la inversión a un segmento específico de sus clientes interesados ​​en comprar diamantes como refugio seguro y para diversificar las inversiones de uno.

Según la Autoridad, el hecho de que la inversión fuera propuesta por el personal del banco y la presencia del personal del banco en las reuniones entre los dos profesionales y los clientes, le dio amplia credibilidad a la información contenida en el material promocional de las dos empresas, haciendo que muchos consumidores compren sin llevar a cabo más investigaciones.

La Autoridad también constató la violación por parte del BID y DPI de los derechos de los consumidores en los contratos en cuanto al derecho de desistimiento y, para el BID, también el tribunal competente en caso de controversias.

Las sanciones impuestas fueron: en un caso, por un total de 9,35 millones (2 millones para BID; 4 millones para Unicredit; 3,35 millones para Banco BPM); en el otro caso, por un total de 6 millones (1 millón para DPI; 3 millones para Banca Intesa; 2 millones para MPS).

Durante la investigación, se llevaron a cabo inspecciones con la asistencia de la Unidad Especial Antimonopolio de la Guardia di Finanza y se proporcionó información útil para la verificación del expediente por CONSOB. En el acto participaron las asociaciones Altroconsumo, el denunciante original, Movimento Difesa del Cittadino y Codacons.

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