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Assonime critica los pagos fraccionados y el IVA

Carta de Stefano Micossi, secretario general de Assonime, al Gobierno y al Parlamento sobre el decreto sobre asuntos financieros, entidades territoriales, intervenciones en zonas sísmicas

Assonime critica los pagos fraccionados y el IVA

El 4 de mayo de 2017, el Gerente General de Assonime envió algunas observaciones al proyecto de ley AC4444 a la Comisión de Presupuesto del Senado de la República, a la Comisión de Presupuesto, Tesorería y Planificación de la Cámara de Diputados y para información al Jefe de Gabinete de la Ministerio de Hacienda " Conversión en ley del decreto-ley de 24 de abril de 2017, n. 50, que contiene disposiciones urgentes en materia financiera, iniciativas a favor de las autoridades locales, nuevas intervenciones para las zonas afectadas por eventos sísmicos y medidas de desarrollo".

La carta destaca los problemas más relevantes, que surgieron tras la entrada en vigor del decreto-ley de 24 de abril de 2017, n. 50, relativo, en particular, a las disposiciones relativas a la ampliación del ámbito de aplicación del pago fraccionado ya las que han reducido el plazo para la deducción del IVA.

La aplicación, a partir del próximo 1 de julio, del pago fraccionado a las operaciones realizadas con todas las entidades y sujetos pertenecientes a la Administración Pública, de todas las sociedades controladas por las Administraciones Públicas centrales y locales y de las sociedades cotizadas incluidas en el índice FTSE MIB de la Bolsa de Valores de Italia crea considerables incertidumbres para las empresas proveedoras con respecto a la correcta identificación de estos sujetos. La situación se ve agravada por el plazo muy limitado que exige la normativa (publicada el 24 de abril pasado) para cumplirla (a partir del 1 de julio próximo).

La aplicación del pago fraccionado, que exige la modificación de los sistemas de gestión y contabilidad que actualmente utilizan las empresas proveedoras de los citados sujetos, implica, entre otros, elevados costes de adecuación de dichos sistemas.

Por último, las disposiciones sobre pagos fraccionados generan importantes problemas financieros a las empresas proveedoras -por la falta de liquidez habitualmente ligada a la recaudación del IVA repercutido a los clientes- y una situación crediticia aún más crítica con Hacienda, por el considerable aumento de la cantidad de créditos de IVA, créditos cuyo reembolso a menudo se obtiene durante un largo período de tiempo y cuya compensación tiene muchos límites.

A raíz de la entrada en vigor de las disposiciones que limitan significativamente el plazo actual en el que es posible ejercer el derecho a deducir el IVA, han surgido nuevas preocupaciones en las empresas: el nuevo plazo, que es demasiado estrecho, podría conducir en muchos casos a la imposibilidad para hacer la deducción.

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