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Trise, Tari y Tasi: cómo están cambiando los impuestos sobre la vivienda

El nuevo impuesto de servicios se pagará en cuatro cuotas anuales y se dividirá en dos componentes: la Tarifa por la gestión de residuos urbanos y la Tasi por los servicios indivisibles de los Municipios, que tendrán una tasa base del 0,1% a aplicar sobre la misma base imponible del IMU – Aquí están las respuestas a las dudas más comunes sobre los nuevos gravámenes.

Trise, Tari y Tasi: cómo están cambiando los impuestos sobre la vivienda

Adiós al Imu en la primera casa, aquí viene el Trise. Este es el nombre con el que en ley de estabilidad se bautizó el impuesto de servicios que llega a partir de 2014. El nuevo gravamen incluirá el impuesto sobre la vivienda habitual, la Cizaña y el Tarsu sobre los residuos. 

El Trise se pagará en cuatro cuotas anuales y se dividirá en dos componentes: el Tari para la gestión de residuos municipales y Tasi para los servicios indivisibles de los Municipios, que tendrán una tasa básica del 0,1% a aplicar sobre la misma base imponible del Imu, o la renta catastral original revaluada en un 5% y multiplicada por 160. El tope máximo de gravamen no podrá exceder del Tasas máximas del IMU: 6 por mil en la primera casa 10,6 en la segunda.

También hay una diferencia fundamental entre las dos partes: los Municipios podrán pedir a los inquilinos que paguen hasta el 30% del Tasi, mientras que el Tari será pagado en su totalidad por los propietarios. 

En total, según los cálculos de Uil, el Trise costará de media 366 euros para una familia de cuatro en un apartamento de 100 metros cuadrados. La suma es superior a los 281 de media de 2013, pero inferior a los 450 de 2012, cuando se pagaba el Imu hasta en la primera vivienda.

El nacimiento del impuesto de servicios, cabe recordar, no borra completamente el viejo Imu, que sigue vigente para inmuebles distintos de la vivienda habitual.

En cuanto a apartamentos dados en préstamo a los niños, los Ayuntamientos tendrán que decidir eximirlos del pago de hasta 500 euros de renta catastral o en el caso de que la junta tenga una renta Isee inferior a 15 mil euros. Una regla que, evidentemente, se presta a trucos que son todo menos difíciles.

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