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España prepara la reforma financiera, pero persisten las dudas sobre el banco malo

El País anuncia un borrador del decreto ley que el Gobierno presentará mañana al Consejo de Ministros - Más facultades para Frob que podrá liquidar entidades de crédito incluso sin el consentimiento de los accionistas - Asumirán los acreedores de las entidades en crisis las pérdidas - Mientras tanto, los bancos españoles ya huelen el olor del capital de la UE.

España prepara la reforma financiera, pero persisten las dudas sobre el banco malo

Aparecen los primeros rumores sobre la ansiada reforma financiera española. El Gobierno presentará mañana viernes en Madrid al Consejo de Ministros el decreto ley que recoge las medidas para poner orden en el sistema bancario más comprometido de la Eurozona. El diario El País ha publicado esta mañana el borrador del decreto, aún sujeto a modificaciones, pero del que se desprenden los rasgos más destacados de la disposición.

FROB – El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob), controlado principalmente por el Banco de España, tendrá una importante (y preocupante) nueva facultad, la de liquidar, “sin el consentimiento de los accionistas”, las entidades de crédito que no puedan reembolsar la ayuda pública "en un plazo razonable". Fue Bruselas, en el momento de la firma del Memorando de entendimiento (Mou) para la línea de crédito de 100 millones de euros, la que pidió avanzar en esta dirección. El Frob determinará el valor económico de la entidad a liquidar y pasará los activos y pasivos a un "banco puente", que posteriormente será vendido. Los activos tóxicos, principalmente vinculados al mercado inmobiliario, pasarán en cambio al llamado banco malo que intentará maximizar su precio de venta. La parte que no se venda será liquidada y seguirá el marco regulatorio vigente. Pero la verdadera noticia es que Frob no necesitará el consentimiento de los accionistas ni de terceros para proceder a la liquidación de los activos. 

FONDO DE AHORRO DEL ESTADO Y BCE – El objetivo principal de Frob sigue siendo el de intervenir para rescatar instituciones en dificultad. Un banco podría recapitalizarse mediante títulos del mismo fondo de ahorro bancario: de esta forma tendrá cinco años (prorrogables hasta siete) para devolver la ayuda. Pero Frob podría optar por intervenir con una inyección directa de capital, decidiendo si inyecta efectivo o bonos emitidos, opcionalmente, por la Hacienda madrileña o por la Caja de Ahorro del Estado. De esta forma el banco en crisis podrá utilizar estos valores como garantía en operaciones interbancarias, depositarlos en el BCE para obtener efectivo o venderlos directamente en el mercado secundario, especialmente en lo que se refiere a la deuda emitida por el Fondo de Ahorro del Estado que goza de la máxima calificación. 

MAL BANCO – Las incógnitas en torno a la estructura, financiación y gestión del "banco malo" todavía dejan perplejos a muchos. El único ejemplo con el que se puede comparar la situación es el banco irlandés Bad. La Sociedad Nacional de Gestión de Activos, a través de fondos estatales, pagó 32 millones de euros por activos inmobiliarios con un valor nominal de 74 millones. Sin embargo, este descuento del 56% fue insuficiente para generar una ganancia: los precios de mercado eran aún más bajos y la empresa estatal irlandesa tuvo que vender a precios aún más bajos, lo que redujo su capacidad de pago al estado. Ciertamente no es el ejemplo más apropiado para España. Este viernes los expertos de la Troika se reunirán en Madrid con representantes del Gobierno para decidir cómo estructurar el banco malo pero aseguran que "la reunión será puramente técnica, no habrá negociaciones políticas". España debe presentar la legislación Bad Bank "a finales de agosto" y esta debe estar operativa en noviembre. Pero las preguntas que aún tiene por responder son muchas: ¿quiénes serán los accionistas del "banco malo"? ¿Cuál será la participación de Frob? ¿Qué tipos de activos se pueden mover al banco malo? ¿Solo los inmobiliarios? 

AHORRADORES – En el Mou, la UE invita al Gobierno español a disponer que los accionistas y acreedores asuman las pérdidas antes de inyectar más fondos públicos en un banco. Y así Frob con la nueva reforma tendrá que respetar el principio según el cual "los accionistas y miembros de los institutos, según su participación, serán los primeros en soportar sus pérdidas". Y “los acreedores subordinados de los bancos soportarán en su caso las pérdidas derivadas de las reestructuraciones o resoluciones posteriores a los accionistas”.

CAMBIO EN LA PARTE SUPERIOR – Finalmente, se decretará un cambio en la cúpula del Frob para evitar conflictos de interés: ningún banquero podrá sentarse más en el directorio de la caja de ahorro bancario. Era otra de las condiciones impuestas por la UE en el Mou. 

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