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La salud pública vuelve a manos del Estado

La emergencia del Coronavirus está dejando al descubierto los defectos de la fragmentación regional del Servicio Nacional de Salud (SSN) en la gestión de un bien incontestable como es la salud y que exigiría uniformidad de servicios

La salud pública vuelve a manos del Estado

Era el año 1992 cuando la relación entre la deuda pública y el PIB siguió creciendo más allá del umbral del 100 % conseguido hace dos años. Por su parte, el importe del gasto sanitario previsto suele ser un 20-25% inferior al real.

En este contexto de hacienda pública, la política intentó remediar el crecimiento de ese gasto considerado fuera de control, tanto con la traslado de la asistencia sanitaria a las Regiones, complaciendo la bulimia de poder de las clases políticas locales, y con la corporativización de la USL que habría llevado al cumplimiento de la restricción presupuestaria. Fueron dos medidas de las que hablaremos con más precisión más adelante, que es necesario revisar a la luz de la experiencia actual de propagación del coronavirus.

De hecho, la pandemia del coronavirus que ha golpeado al planeta está demostrando cuán crucial es la preparación y la organización institucional económico-financiera de los distintos servicios nacionales de salud alrededor del mundo. Éstos, como atestigua la buena literatura, deberían ofrecer un bien público a la comunidad de carácter "no impugnable": en el sentido de que el servicio de salud prestado a un sujeto no debe excluir a ningún otro ciudadano del disfrute del mismo dondequiera que se encuentre y cualquiera que sea su nivel de bienestar económico. Y esto el principio fundacional del servicio público de salud vigente en Italia. 

Pero como sigue de la experiencia actual la fragmentación del Servicio Nacional de Salud (SSN) en muchos y variados servicios regionales de salud parece violar el principio mencionado, así como la discrecionalidad de los supuestos gestores públicos en la gestión de las Autoridades Sanitarias Locales transformadas mágicamente en empresas. 

En opinión del escritor, las dos disposiciones de la ley mencionadas anteriormente han jugado un papel decisivo en socavar el principio fundacional del NHS italiano que algunos quisieran abandonar sobre la base de la vulgata genérica e indemostrable que en cualquier caso Lo privado es mejor que lo público.

Como ya han iniciado otros estudiosos (Sabino Cassese a la cabeza) el debate sobre la oportunidad de devolver la función de protección de la salud a la cúspide del poder central, para el cumplimiento del principio fundacional del NHS mencionado anteriormente. En efecto, se trata de iniciar la reflexión sobre la necesidad de reformar los Decretos Legislativos 502/92 y 517/93 donde aún leemos que:

• Las regiones tienen la plena responsabilidad financiera de los recursos asignados: cualquier déficit debe compensarse mediante la movilización de fondos regionales o la imposición de impuestos regionales

• El PDR representa el plan estratégico de intervenciones para los objetivos de salud y el funcionamiento de los servicios para satisfacer las necesidades de la población, también con referencia a los objetivos del PEN.

Como muchos recordarán, el debate político-económico de la época se centró en la creencia de que acercar el poder de gestión de la salud pública (cerca es hermoso) a los ciudadanos a través de la descentralización regional habría constituido un fuerte estímulo para los administradores encargados de administrar mejor la salud pública, so pena de protesta de los "más cercanos". Como atestigua la evidencia de hoy el resultado es un SSN arlequín, a menudo explotada para la búsqueda del consenso "más cercano", una búsqueda de consenso local que viola inevitablemente el principio fundacional mencionado anteriormente. De ahí la necesidad de volver a centrar la gestión del SNS. En este caso, dada la omnipresencia del bien público provisto y de intereses locales aún menos nobles, se puede decir que “lo lejos es hermoso”.

Pero eso no es suficiente.

De hecho, siempre fue a principios de los años noventa cuando el debate político-económico comenzó a investir la creencia, completamente abstracta a falta de modelos de referencia adecuados, de que encomendar la gestión de determinadas funciones públicas a supuestos gestores públicos sujetos al cumplimiento de la restricción presupuestaria habría contribuido a dar eficiencia y mayor eficacia al bien público a brindar, en cumplimiento de las restricciones financieras. asi fue las USL se convirtieron mágicamente en “empresas”. De hecho, se lee en

• La organización y el funcionamiento se rigen por una escritura social de derecho privado (directrices regionales)

•Hospitales de importancia nacional y alta especialización se independizan de las Autoridades Sanitarias Locales y se constituyen en Corporaciones Hospitalarias

• Las unidades locales de salud son financiadas por la región sobre la base de la participación cápita.

En tal contexto institucional, asociado a la pregonada "autonomía empresarial", no debe sorprender hoy que cada supuesto gestor público decidiera e interpretara de forma autónoma y a su manera cuáles eran los mejores practicas a adoptar en la "empresa" en caso de pandemia: en todo caso respetando las limitaciones establecidas por los Gobernadores regionales y sus circunscripciones políticas y partidarias locales. Se sigue, también en este caso, la violación del principio fundacional de la uniformidad de los servicios de salud y la indisputabilidad del bien público con independencia de la ubicación geográfica de los sujetos que solicitan la protección de la salud. 

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