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El contrato de Fiat innova las relaciones laborales: costos sin cambios para la empresa, más dinero en el sobre

El nuevo convenio Fiat-sindicato cambia la estructura de negociación tras el convenio de Pomigliano: la parte económica se renueva cada año y no cada tres, los costos para la empresa se mantienen estables pero llega más dinero al sueldo - Más flexibilidad y más cobrabilidad para la empresa y un nuevo salario de productividad para los trabajadores

El contrato de Fiat innova las relaciones laborales: costos sin cambios para la empresa, más dinero en el sobre

El acuerdo de renovación del contrato de trabajo específico nacional que Fiat aplica en todas sus empresas desde enero de 2012 en sustitución de los contratos de Confindustria (no solo el de los trabajadores metalúrgicos, sino también, en función de las actividades de las empresas individuales, el del caucho plástico , de transporte o telecomunicaciones) completa el proceso de cambio en el sistema de acuerdos contractuales y relaciones laborales que Fiat había iniciado en junio de 2010 con el acuerdo de Pomigliano.

De hecho, la renovación de la parte económica se refiere únicamente al año en curso y no a los tres años de vigencia contractual y transforma los nuevos importes de costes fijos en costes variables, mediante una reestructuración de los antiguos bonos de producción, cuyos importes habían sido para durante una década cristalizó, consolidando una parte (40 euros de media al mes) como incremento del salario base mientras que la parte restante de los antiguos aguinaldos y la cuantía variable pagada en 2012 (600 euros de media al año) se combinan y transforman en un incentivo a la productividad (120 euros de media al mes) ligado a la presencia: esencialmente para la empresa el coste estructural teórico se mantiene constante al de 2012, mientras que para los trabajadores el sueldo se hace más pesado al poder beneficiarse de la tributación preferencial sobre los importes de la prima variable.

Con esta renovación contractual, Fiat avanza hacia una negociación económica anual en lugar de trienal como prevé el sistema italiano, y no podría ser de otra manera que los modelos contractuales que prevalecen en muchos países europeos y americanos.

Las rupturas irremediables entre sindicatos antagónicos y reformistas, que conducen, incluso a nivel de negociación nacional e interconfederal, a la imposibilidad de encontrar soluciones compartidas (basta pensar que la CGIL no ha firmado dos de los últimos tres acuerdos interconfederales o la Fiom no ha firmado tres de los últimos cuatro contratos metalúrgicos), la necesidad de una mayor flexibilidad para poder competir efectivamente en los mercados y, sobre todo, las certezas en cuanto a la aplicabilidad y exigibilidad de los acuerdos firmados fueron las razones que impulsó a Fiat a buscar soluciones compatibles con el marco modificado determinado por la crisis mundial iniciada en 2008, que trastornó los mercados y por primera vez afectó simultáneamente a todos los sectores de actividad del Grupo en Europa.

Lograr el cumplimiento de los acuerdos sindicales era la principal criticidad que se podía encontrar en el sistema de negociación consolidada en el que todo era renegociable, incluso en presencia de reglas contractuales bien definidas, con comportamientos que en realidad desconocía los acuerdos firmados. Hace algún tiempo, Fiat había expresado la necesidad de que los acuerdos fueran respetados por el sindicato y no sistemáticamente ignorados o renegociados cuando las necesidades de la empresa requerían su aplicación (los casos de huelgas en los sábados extraordinarios contractualmente libres fueron sensacionales). El desafío al sistema se da con el caso Pomigliano cuando Fiat apuesta a que el sistema industrial del país sea competitivo, pidiendo a cambio mayor flexibilidad en el uso de las plantas y la certeza y exigibilidad de los "acuerdos" firmados con el gremio. Para ello era necesario, por un lado, liberarse de aquellas ataduras sindicales que en una economía de mercado constituyen frenos inútiles y, por otro lado, poder operar en un marco de certidumbre y condiciones similares a las existen en el resto del mundo. En ese sentido, la salida de Fiat del sistema contractual de Confindustria, que se produjo hace dos años, y la decisión de aplicar a sus trabajadores, con una redefinición de las normas laborales acorde con las nuevas y más apremiantes condiciones del mercado, un contrato específico colectivo nacional de trabajo , firmado en diciembre de 2010 con los sindicatos nacionales, con excepción de Fiom-Cgil, para reemplazar los contratos de la categoría Confindustria aplicados anteriormente, comenzando con el de los trabajadores metalúrgicos.

Los puntos calificativos del contrato Fiat, aprobado por la mayoría de los representantes sindicales y de los trabajadores en los referéndums de Pomigliano, Mirafiori y Grugliasco, se referían a: definición de un nuevo salario base superior a los niveles contractuales anteriores para los trabajadores metalúrgicos introducción de un Bono de Competitividad vinculados a incrementos de rentabilidad, productividad y eficiencia y desembolsados ​​en la asistencia efectiva al trabajo diferentes modalidades de uso flexible de los sistemas, hasta 18/21 turnos formulación de jornada plurisemanal, considerando 40 horas como tiempo medio de trabajo por paquete de 120 horas/año de horas extraordinarias de trabajo sin convenio previo, equivalente a 15 sábados productivos nueva clasificación del personal, estructurada en cinco grupos profesionales en sustitución de las siete categorías profesionales del contrato metalúrgico posibilidad de recurrir a la degradación por motivos técnicos-organizativos y producción necesita ampliación de una nueva organización del trabajo (sistema Ergo UAS) para la mejora del puesto de trabajo ergonómico, reemplazando el clásico sistema taylorista identificación de medidas para hacer frente al abuso de la enfermedad por parte de los "trabajadores ausentes" definición de un nuevo sistema de trabajo participativo relaciones sindicales y nuevas reglas para la representación sindical de empresa adopción de un "procedimiento de enfriamiento" para prevenir y resolver conflictos colectivos introducción de una "cláusula de responsabilidad" y sanciones relacionadas para formalizar el compromiso asumido por los sindicatos firmantes de cumplir con todas las cláusulas del contrato nacional (que, además, debería ser absolutamente normal en un sistema de relaciones civiles, así como en el derecho de las obligaciones, pero que Fiom, que no es firmante, ha considerado un atentado a los derechos constitucionalmente garantizados de los sindicatos y trabajadores).

Basta recorrer rápidamente estos puntos para comprender que el contrato Fiat ha marcado el debate político-sindical en nuestro país en los últimos dos años, y la mayoría, si no todos, han sido incorporados o por la legislación laboral, por el art. 8 de la "maniobra de agosto" de 2011 a la ley Fornero sobre el mercado de trabajo, o por los acuerdos interconfederales de junio/septiembre de 2011 sobre representación y de noviembre de 2012 sobre productividad, o finalmente por las renovaciones no sólo del empleo nacional contratos de los sectores industriales, desde la ingeniería hasta las telecomunicaciones, pero también, por ejemplo, de los acuerdos comerciales y de crédito.

La actual renovación de contrato de Fiat acentúa, por tanto, aún más su carácter corporativo, avanzando cada vez más hacia un contrato anual con un modelo similar al del resto de países europeos y del resto del mundo en los que está presente.

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