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FCA pierde el recurso ante el Tribunal de la UE: tendrá que pagar 30 millones

El tribunal europeo coincidió con la Comisión Europea de Defensa de la Competencia en que había considerado la resolución fiscal aplicada en Luxemburgo como ayuda estatal. FCA dice estar decepcionada y estudia los próximos pasos

FCA pierde el recurso ante el Tribunal de la UE: tendrá que pagar 30 millones

El Tribunal de la UE confirmó la decisión de la Comisión Europea sobre las medidas de ayuda decididas por Luxemburgo a favor de Fiat Chrysler Finance Europe. se trata de la fallo impuestos que permitía a la empresa determinar anualmente los beneficios imponibles del impuesto de sociedades en el Gran Ducado. Hace cuatro años, la Comisión consideró las medidas como ayudas estatales ilegales, por lo que Luxemburgo se vio obligado a recuperar el importe de las ayudas de Fiat Crysler Finance Europe. Por lo tanto, el Tribunal estuvo de acuerdo con la Antimonopolio, rechazando las apelaciones de Fiat Chrysler Finance Europe y el Gran Ducado. Fiat Chrysler Finance Europe, a través de su portavoz, dijo estar decepcionada por la sentencia del Tribunal de la UE y "está considerando los próximos pasos a tomar en el asunto".

La decisión, que premia a la Antimonopolio europea, hizo bajar la cotización ya las 13 horas perdía un 44% en Piazza Affari.

 Entrando en más detalle, el Tribunal de la UE indicó que la Comisión "no procedió a ninguna armonización fiscal sino que ejerció la competencia prevista por la legislación de la UE al verificar que la decisión fiscal anticipada confería una ventaja en relación con la tributación normal". En particular, los magistrados observan que "los precios de las operaciones intragrupo no se determinan en condiciones de mercado" y que el principio de plena competencia "constituye una herramienta útil que permite comprobar si dichas operaciones se remuneran como si hubieran sido negociadas entre empresas independientes”. De ahí la legitimidad del enfoque de la Comisión para determinar si el nivel de precios para las transacciones intragrupo validadas por el Gran Ducado de Luxemburgo corresponde al precio que se habría negociado en condiciones de mercado.

El Tribunal sostuvo que la Comisión consideró acertadamente que los métodos de aplicación del método del margen neto validados por fallo impuestos estaban equivocados: en particular, que debería haberse tenido en cuenta todo el capital social de la empresa y que debería haberse aplicado un tipo único. Además, la Comisión tenía razón al considerar que el método seguido para incluir el capital reglamentario hipotético de Fft y para excluir las participaciones de Fft en Fiat Finance North America y Fiat Finance Canada del importe del capital a remunerar "no permitía un resultado de plena competencia ".

De ahí la observación de que "el método introducido por la decisión fiscal anticipada ha minimizado la remuneración de Fft sobre la base de la cual se determina el impuesto adeudado". Y la conclusión de que todo ello ha dado a Fft "una ventaja porque suponía una disminución de la carga fiscal".

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