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Ecobonus y bono terremoto: cómo anticipar el descuento en la factura

El decreto de Crecimiento permitió monetizar de forma inmediata los incentivos a través de la cesión del crédito fiscal a proveedores: una nueva disposición de la Agencia Tributaria explica el procedimiento a seguir

Ecobonus y bono terremoto: cómo anticipar el descuento en la factura

Quienes se benefician del bono eco o del bono terremoto pueden transformar el beneficio en un descuento de la empresa que realiza la obra. De esta forma, las autoridades fiscales permiten a los contribuyentes monetizar el incentivo de forma inmediata, sin esperar a la declaración fiscal correspondiente al ejercicio en el que se facturaron las intervenciones inmobiliarias. El objetivo es ayudar a las personas que no podrían pagar la factura de la constructora y que, por tanto, sin un descuento inmediato, abandonarían su trabajo. El reverso de la moneda es que esta disciplina corre el riesgo de poner en dificultades a las empresas más pequeñas, es decir, que no tienen capacidad fiscal suficiente para acumular deducciones fiscales.

Para obtener el anticipo, la resolución deberá ser comunicada a la Agencia Tributaria antes del 28 de febrero del año siguiente a aquel en que se haya producido el gasto. La comunicación se puede enviar a través de el área reservada del sitio web o en las ventanillas de la Agencia, utilizando este formulario.

La posibilidad de anticipar el descuento de la declaración de impuestos a la factura fue introducida por el gobierno con la Decreto de crecimiento, pero las primeras aclaraciones sobre la nueva opción llegaron el jueves XNUMX de agosto con una disposición de Hacienda.

Veamos en detalle de qué se trata.

¿QUÉ ES EL ECOBOUS SOBRE EFICIENCIA ENERGÉTICA?

El ecobonus es una deducción del Irpef o Ires a la que tienes derecho cuando realizas intervenciones que aumentan el nivel de eficiencia energética de los edificios. Para la mayoría de los trabajos la deducción es del 65%, pero en algunos casos llega al 50%. De momento, la subvención se puede solicitar para gastos incurridos hasta el 31 de diciembre de 2019, pero normalmente el gobierno renueva la bonificación año a año.

Para intervenciones en las partes comunes de los condominios, se puede solicitar el bono ecológico sobre los gastos incurridos hasta el 31 de diciembre de 2021. Además, la deducción es mayor (igual al 70 o 75%) cuando se alcanzan ciertos índices de desempeño energético. En estos casos, la bonificación podrá aplicarse a un coste máximo de 40 euros por cada unidad inmobiliaria del edificio.

Para las intervenciones en las partes comunes de los edificios en condominio ubicados en las zonas sísmicas 1, 2 y 3, tanto para la reducción del riesgo sísmico como para la rehabilitación energética, se prevé una deducción aún mayor, igual al 80 o al 85 %, según se trate de obras una reducción de una o dos clases de riesgo.

El bono debe dividirse en 10 cuotas anuales iguales.

¿Y EL BONO TERREMOTO?

Se debe deducir el 31% de los gastos incurridos hasta el 2021 de diciembre de 50 para hacer los edificios más resistentes a los terremotos. La bonificación podrá calcularse sobre un importe máximo de 96 miles de euros anuales por cada unidad inmobiliaria.

La bonificación sísmica es mayor cuando se obtiene una reducción del riesgo sísmico de una o dos clases (el descuento asciende respectivamente al 70 y 80%) y cuando las obras se han realizado en las partes comunes de edificios en condominio (en estos casos la la reducción de una o dos clases corresponde a un descuento del 80 y 85%).

La deducción se divide en cinco cuotas anuales iguales.

Por último, quienes adquieran un inmueble en un edificio demolido y reconstruido en municipios de zonas catalogadas como de "riesgo sísmico 1" pueden deducir de impuestos una parte sustancial del precio de compra (el 75 o el 85%, hasta un máximo de 96 mil euros) .

¿CÓMO FUNCIONA LA ASIGNACIÓN DE CRÉDITO AL PROVEEDOR?

Si el contribuyente opta por adelantar el descuento en la factura, la empresa que realizó la obra recupera el importe en forma de crédito fiscal a destinar exclusivamente a la compensación mediante el modelo F24. Pero ojo con los límites: el dinero llegará en cinco cuotas anuales iguales a partir del día 10 del mes siguiente a aquel en el que se comunicó a Hacienda la opción de descuento.  

Para esta comunicación, el proveedor deberá utilizar el área reservada de la web de la Agencia Tributaria: una vez recibida la confirmación, deberá presentar el formulario F24 exclusivamente a través de los servicios telemáticos de la Agencia.

Alternativamente, la empresa puede a su vez transferir el crédito fiscal a sus proveedores (incluso los indirectos, con excepción de los bancos e intermediarios financieros). A estos últimos, por el contrario, no se les permite una nueva transferencia.

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