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Comisión de la UE, solo 26 casillas en lugar de 586 en la declaración de IVA simplificada

Una directiva aprobada a finales de 2013 prevé la elaboración de un único modelo de declaración estandarizado, que deben adoptar los 28 países de la Unión Europea - Debe contener un máximo de 26 casillas, frente a las 586 que componen la actual declaración italiana.

Comisión de la UE, solo 26 casillas en lugar de 586 en la declaración de IVA simplificada

Para simplificar las obligaciones fiscales de las empresas que operan en varios países europeos, la Comisión de la UE ha aprobado la propuesta de directiva del Consejo Europeo por la que se modifica la directiva 2006/112/CE sobre el sistema común del impuesto sobre el valor añadido y se introduce una declaración de IVA estándar.

La propuesta se enmarca en la armonización de los impuestos indirectos por un lado y, por otro, en el marco de la simplificación en materia administrativa, con especial referencia a las obligaciones del IVA, que viene recordando con fuerza desde hace años las instituciones europeas.

La meta es llegar, para 2016, a la elaboración de un modelo único estandarizado que pueda ser aplicado en los 28 países pertenecientes a la Unión Europea, que contenga un número limitado de información obligatoria, a ser presentada en un formato común, preferentemente electrónico. . La propuesta se refiere principalmente al contenido, modalidades y plazos de presentación y pago. También contiene modificaciones a otras declaraciones y comunicaciones de IVA.

En concreto, desde el punto de vista del contenido, se prevé una declaración estandarizada para todos los países en base a un máximo de veintiséis casillas, configurando una simplificación considerable frente a las 586 casillas que componen la actual declaración italiana. En cuanto a los métodos de presentación, existe la obligación de presentar electrónicamente en todos los Estados miembros, utilizando firmas electrónicas avanzadas que sean interoperables en toda la UE.

Con el fin de reducir la frecuencia de las obligaciones, se ha previsto que el período impositivo debe tener una frecuencia mensual para todas las empresas, a excepción de las microempresas, para las que se establece una frecuencia trimestral, salvo la posibilidad de ampliar el plazo. por un período máximo de un año. El plazo mínimo para presentar la declaración se establece al final del mes siguiente al del período impositivo, sin perjuicio del derecho a prorrogarlo por un mes más.

Los plazos de pago coinciden con el momento de presentación de la declaración o con el plazo establecido para su presentación. Al mismo tiempo, se decide la supresión de la opción de los Estados miembros de prever condiciones de pago diferentes o de solicitar anticipos provisionales.

Por último, la propuesta de directiva prevé la supresión de la declaración relativa a la importación de bienes y de la comunicación anual de los datos del IVA.

De hecho, la necesidad de una reducción de las restricciones administrativas a la actividad empresarial se destacó en las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo ya en 2007, cuando se destacó la importancia de reducir la burocracia para acelerar el crecimiento económico europeo. Para ello, se delegó en la Comisión Europea la elaboración de un plan de implantación específico, en el que, entre otros, se identificara como área de intervención el ámbito relativo al impuesto sobre el valor añadido.

Así, en 2009 la Comisión Europea presentó un documento destinado a simplificar las obligaciones relacionadas. En diciembre de 2010 se publicó el “Libro Verde sobre el futuro del IVA”, en el que se lanzaba una consulta sobre el futuro del impuesto. Aquí, se hizo la propuesta de una declaración de IVA estandarizada para todos los países miembros, que puede ser adoptada opcionalmente por los operadores, pero que debe implementarse obligatoriamente en cada estado. En diciembre de 2011, la Comisión Europea, sobre la base de las respuestas positivas recibidas de la consulta anterior, elaboró ​​una comunicación sobre el futuro del IVA que, entre otras cosas, fijaba el objetivo de presentar, para 2013, una propuesta encaminada a introducir un declaración estandarizada del IVA. Paralelamente a la publicación del Libro Verde, se creó un "grupo de expertos en IVA" que, en noviembre de 2012, propuso varias posibilidades de intervención, incluida la introducción de un modelo estándar de IVA.

Como resultado del camino trazado hasta ahora, que también fue incluido en consultas posteriores en el contexto de la "Small Business Act" y en el contexto del "grupo sobre el futuro del IVA", que se reunió en enero de 2013, la formulación de la propuesta actual.


Anexos: Informe sobre la propuesta de directiva relativa a la introducción de una declaración de IVA estándar.pdf

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