comparte

Sala, delitos ambientales hacia la entrada en el código penal

La inclusión de los delitos ambientales directamente en el código penal vuelve a estar en discusión en Montecitorio. Una disposición en estudio de la asamblea, que parece recibir amplio consenso, prevé la introducción de los delitos de desastre ambiental, tráfico y abandono de material altamente radiactivo y también simplemente contaminación ambiental.

Sala, delitos ambientales hacia la entrada en el código penal

Los delitos ambientales en el código penal. Este es el objetivo de un proyecto de ley que la Asamblea de la Cámara comenzó ayer a examinar y sobre el que parece existir un amplio consenso entre las fuerzas políticas. El texto de la disposición fue ultimado por la Comisión de Justicia, que unificó varias propuestas legislativas de iniciativa parlamentaria y que sigue el contenido de una ley habilitante ya presentada por el gobierno Prodi en 2007, pero caducada con esa legislatura.

La disposición tiene por objeto insertar un nuevo título en el segundo libro del código penal, dedicado a los delitos contra el medio ambiente. Comprendería los delitos de desastre ambiental, tráfico y abandono de material altamente radiactivo; sino también la simple contaminación ambiental, definida como la infracción de las disposiciones legislativas o administrativas encaminadas a la protección del medio ambiente, que cause un menoscabo o deterioro significativo de la calidad del agua, del aire, del suelo y del subsuelo, así como de la flora o la fauna o en cualquier caso del 'ecosistema. Los delitos también se configuran por conducta negligente, pero en este caso las penas se reducen hasta la mitad.

También se prevé la reducción de las penas en los casos de arrepentimiento voluntario, para quien tome medidas para evitar que la actividad delictiva produzca más consecuencias o para quien disponga la recuperación y, en su caso, la restauración de los lugares contaminados.

Una disposición particular se refiere al decomiso de los bienes utilizados para la comisión de los delitos, siempre previstos en los casos de condena o en todo caso de aplicación de la pena por culpabilidad, así como el decomiso de los productos y ganancias del delito.

Del debate sobre la medida realizado en la Cámara surgió un amplio consenso sobre la medida, motivado por la necesidad general de proteger el medio ambiente y alimentado por episodios más o menos recientes de desastres ambientales provocados por organizaciones criminales. Para el proyecto de ley, por lo tanto, el camino parece estar allanado para un proceso parlamentario rápido; y la también representante del Gobierno, la subsecretaria de Presidencia del Consejo Sesa Amici, afirmó que ve todas las premisas para una pronta aprobación de la disposición, esperada por el Ejecutivo.

Más allá de los consentimientos fáciles motivados por solicitudes genéricas de protección ambiental, sin embargo, cabe señalar las observaciones expresadas por Dorina Bianchi, del Nuovo Centro Destra, quien llamó la atención sobre la necesidad de determinar la noción de delitos de manera más precisa, en el cumplimiento del principio de obligatoriedad de las causas incriminatorias, de modo que por un lado los ciudadanos puedan conocer con precisión la conducta prohibida, por otro lado no se deje demasiado espacio a la discrecionalidad de los magistrados y a arbitrariedades que puedan perjudicar la sistema de producción.

Además, Bianchi observó cómo la infracción de simples disposiciones administrativas no puede ser suficiente para configurar la comisión de delitos, ya que se contravendría el principio de reserva de ley en materia penal, atribuyendo a las autoridades administrativas la facultad de introducir prohibiciones penales de más allá de lo previsto. las disposiciones legislativas.

El examen de la disposición sobre delitos ambientales en la Cámara podría retrasarse en los próximos días, debido a la precedencia que la asamblea deberá reservar a los decretos leyes sobre el IMU (decreto legislativo 133) y sobre desastres ambientales (decreto legislativo 136). 

Revisión