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Banco de Italia: la reforma de Bcc está bien, pero cambios en la salida y más poderes para la empresa matriz

El jefe de la Supervisión de Via Nazionale en una audiencia en el Senado: "Opinión positiva sobre la reforma, pero la empresa matriz debe tener poderes para nombrar, destituir y reemplazar los órganos de las filiales" - Cambios también solicitados a la salida - "¿Por qué no permitir que los CCB se fusionen en un banco cooperativo?" – Texto completo adjunto en Pdf.

Banco de Italia: la reforma de Bcc está bien, pero cambios en la salida y más poderes para la empresa matriz

Opinión general positiva del Banco de Italia sobre la reforma de los CCB. Sin embargo, via Nazionale pide mejoras en la gobernanza y en la delicada cuestión de la salida. En el primer caso, la sociedad holding única que controlará (casi) todos los bancos de crédito cooperativos italianos debería tener facultades de nombramiento, revocación y sustitución de los órganos de las filiales. En el segundo, existe el riesgo -en el fondo- de una proliferación de pequeños grupos y de toparse con la legislación de la UE sobre ayudas estatales. Son las principales correcciones a la decreto bancario (que también contiene el reforma de las CCB) sugerido por Jefe de Supervisión del Banco de Italia, Carmelo Barbagallo, que intervino el martes XNUMX de marzo ante la Comisión Económica de la Cámara.

"En la cara de una opinión positiva en general – dijo Barbagallo durante la audiencia –, consideramos necesario intervenciones de mejora sobre algunos aspectos concretos, pero crucial, para que la reforma pueda desplegar plenamente sus beneficios".

En particular, Barbagallo señaló que “la gobernanza del grupo debe favorecer una mejor dirección de las actividades y el control de los riesgos de las CCB individuales, acompañar el apoyo de capital con incentivos de correcta gestión, prevenir el riesgo moral”.

Estos objetivos se alcanzarían mediante la atribución a la sociedad matriz de “poderes preñados de nombramiento – continuó Barbagallo -, revocación, sustitución de los órganos de las filiales”, ya que prever estas facultades sólo en casos "motivados y excepcionales" debilita "la capacidad de dirección y coordinación de la sociedad matriz, en perjuicio de la estabilidad de los bancos individuales y del conjunto".

Barbagallo subrayó entonces que las autoridades -el Ministerio de Economía a propuesta del Banco de Italia- deberían poder "autorizar, por razones de estabilidad, los CCB caigan por debajo del umbral de la mayoría del capital de la empresa matriz en casos de dificultades financieras de tal importancia que pongan en peligro la estabilidad del grupo o de sus componentes relevantes".

En cuanto a las responsabilidades regulatorias, el Jefe de Supervisión del Banco de Italia, con respecto a lo previsto por el decreto, considera una formulación "más adecuada y funcional" en la que el Ministerio de Economía, previa consulta al Banco de Italia, es responsable. para las elecciones sobre el tamaño adecuado y la capacidad de acceder al mercado de capitales, mientras que Via Nazionale debería ser responsable de "implementar la reforma en los demás aspectos de contenido prudencial y de supervisión".

Barbagallo también señaló que "las razones por las que se eliminó no están claras por el artículo 36 de la Tina la posibilidad de que una CCB se fusione con un banco popular. Hasta que se complete la transición de los bancos mutualistas a la nueva estructura de grupo, la incorporación de un banco mutualista a un banco popular seguiría siendo una opción útil para manejar situaciones difíciles”.

Finalmente, según el número uno de la Supervisión de Palazzo Koch es necesario aclarar el carácter "excepcional" de la salida (es decir, la posibilidad, para los bancos mutuos con activos netos de más de 200 millones de euros, de transferir el negocio bancario a una sociedad anónima bancaria sin transferir los activos a los fondos mutuos mediante el pago de un impuesto extraordinario equivalente al 20% de las reservas) previsto en la reforma de los bancos cooperativos de crédito. Con la legislación actual, en la "fase de transición" se crearía una situación de "incertidumbre" en cuanto al número y tamaño de las CCB que formarían parte de grupos cooperativos: por tanto, se prescribiría que el derecho a no unirse a la sociedad controladora única puede ejercerse dentro de un "período de tiempo limitado y solo por aquellos CB que presenten la cantidad requerida del agregado de capital en una fecha de referencia específica en el pasado".

Durante las audiencias en la Cámara, la Alianza de Cooperativas Italianas también hizo oír su voz, dando una opinión positiva del decreto, siempre que la salida prevea la transferencia del negocio bancario a una sociedad anónima y no la transformación de la cooperativa. banco en spa y siempre que las reservas sean indivisibles y permanezcan en la cooperativa.

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