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Impuestos, el nuevo medidor de ingresos comienza hoy

Dejando de lado el cálculo presuntivo de los gastos incurridos en base a las medias del Istat, trabajaremos solo sobre determinados gastos – El umbral crítico de diferencia entre los ingresos declarados y los gastos reales se ha fijado en el 20%.

Impuestos, el nuevo medidor de ingresos comienza hoy

Luz verde al nuevo contador de ingresos. La Agencia Tributaria, dirigida por Attilio Befera, ha emitido la circular operativa que sanciona la puesta en marcha oficial del instrumento para combatir la evasión fiscal. El análisis partirá de los ingresos de 2009, y en particular de los contribuyentes “con mayor riesgo de evasión”.

Por tanto, se han resuelto hasta los últimos nudos sobre la aplicación del nuevo contador de ingresos. Dejando aparte las medias del Istat y, en consecuencia, el cálculo presuntivo de los gastos incurridos, solo trabajaremos en ciertos gastos, o los ya inscritos en el Registro Fiscal.

El umbral crítico se ha establecido desde hace algún tiempo. una diferencia del 20,0% entre la capacidad de gasto real y los ingresos declarados. La superación de este umbral en uno de los períodos impositivos será suficiente para dar lugar a una liquidación. Naturalmente, la Agencia tendrá en cuenta, según la circular emitida hoy, "también el total de los ingresos declarados por la familia, para evitar realizar actividades de control contra aquellos cuyos gastos son acordes con el nivel de ingresos de la familia".

La última fase de la liquidación es la contradictoria entre las partes, en la que el contribuyente, desde la primera reunión, podrá aportar los documentos capaces de justificar la diferencia entre capacidad de gasto e ingresos. Si la evidencia es convincente, el caso se cerrará inmediatamente. De lo contrario, la Agencia Tributaria realizará controles más profundos, cuestionando también las estimaciones de Istat. En caso de que el contribuyente no aporte las explicaciones y pruebas documentales suficientes, deberá abonar la cantidad adeudada por habery el derecho a la reducción de penas o iniciar un litigio con la Agencia, recurriendo a la justicia fiscal.

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