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Riesgos de viento multados por la Antimonopolio

La empresa cerró contratos por teléfono sin que los clientes dieran su consentimiento. Una práctica por la que ya había acabado en el punto de mira de la Autoridad en 2009.

El Antimonopolio no se da por vencido con Wind. El caso se refiere a la venta de contratos de usuario por teléfono, sin que los clientes den su consentimiento explícito. Con una disposición de 5 de marzo de 2009, la Autoridad presidida por Antonio Catricalà ya había establecido que entre septiembre de 2007 y enero de 2009 la empresa telefónica fue responsable de la práctica comercial desleal.
Se pensó que el asunto estaba cerrado, pero después de unos meses, la compañía volvió a llamar a los clientes para cerrar los tratos. Así lo comunicaron a la Defensa de la Competencia algunos ciudadanos y asociaciones de consumidores, que enviaron solicitudes de intervención entre el 29 de mayo de 2009 y el 14 de abril de 2011.
Algunos clientes han especificado que no entendieron durante la llamada telefónica que Wind activaría el servicio de inmediato. En otros casos los contratos -según consta en el boletín semanal Antimonopolio- se cerraron con personas que no eran propietarias de la línea telefónica. También sucedió que los servicios ofrecidos no correspondían a los descritos por los operadores.
Por estos motivos, la Autoridad ha decidido incoar un expediente que podría acarrear a Wind el pago de una multa administrativa de entre 10 y 150 euros. (cm)

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