Italia en riesgo de nuevas sanciones pecuniarias por violación de las obligaciones de pertenencia a la Unión Europea. Y no es casualidad que la ley de estabilidad de 2016 contemple cambios en cuanto a la represalia y ejercicio de facultades sustitutivas por parte del Estado central contra los responsables de las violaciones.
Italia ya ha sufrido 4 condenas (por residuos de Campania, por facilitaciones para la contratación a través de contratos de formación laboral, por ayudas a algunas empresas en Venecia y Chioggia) pero penden sobre su cabeza otras sentencias del Tribunal de Justicia que han constatado precisamente el incumplimiento de Italia cumplir con las obligaciones derivadas de su pertenencia a la UE.
La falta de adopción de las medidas de ejecución necesarias podría dar lugar a nuevas decisiones que ordenen el pago de multas onerosas. En particular, se impugna la no recuperación de la financiación de la navegación en Cerdeña y de los hoteles sardos, por considerarse ayuda estatal incompatible con el mercado común. Y por las mismas razones, se sanciona la falta de recuperación de dinero de las empresas de los Municipios afectados por los hechos calamitosos del año 2002.
Otras 2 sentencias condenan a Italia por no garantizar la independencia del gestor en la determinación de los derechos de acceso y distribución de la infraestructura ferroviaria y nuevamente por no recuperar ayudas relativas a exenciones fiscales y préstamos subvencionados a favor de empresas de servicios públicos con capital.
A raíz de estas sentencias, la Comisión Europea envió a Italia otras tantas cartas de emplazamiento y, en consecuencia, pudo redimir sanciones pecuniarias. Y por ello no es casual que la ley de estabilidad que examinan actualmente los Diputados introduzca cambios en materia de represalias y ejercicio de facultades sustitutivas con el fin de reforzar la eficacia disuasoria.