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Cizaña sobre desperdicios, aquí llega el nuevo impuesto: primera cuota en enero

La tasa será más costosa que las antiguas Tarsu y Tia, porque deberá financiar íntegramente el servicio de higiene ambiental y los "servicios indivisibles" como el alumbrado y el mantenimiento vial - Para ello, los Municipios aplicarán un aumento igual al 30 céntimos por metro cuadrado (se puede subir a 40).

Cizaña sobre desperdicios, aquí llega el nuevo impuesto: primera cuota en enero

la pesadilla deImu termina hoy, al menos para 2012, pero el sueño de los contribuyentes italianos ya se ve perturbado por el enésimo plazo fiscal. De hecho, en enero arrancamos con la primera cuota de Tares, el nuevo impuesto a los residuos que sustituirá a Tarsu y Tia (dependiendo de la tasa elegida hasta ahora por los municipios individuales). No solo lo pagarán los dueños de los inmuebles, sino todos aquellos que "ocupan o mantienen locales o áreas descubiertas".

La tasa será más cara que en el pasado, porque tendrá que financiar íntegramente el servicio de salud ambiental y los "servicios indivisibles" como la iluminación y el mantenimiento de carreteras. Para ello, el Municipio aplicará un incremento de 30 céntimos por metro cuadrado al impuesto de residuos (que puede elevarse hasta 40).

En total, la cizaña costará a los contribuyentes italianos mil millones de euros al año, que se ahorrará el Estado al recortar un monto equivalente a las antiguas transferencias a los Municipios, ahora revolucionadas por la ley de Estabilidad.

El nuevo impuesto nació con el decreto salva-Italia. Las bases imponibles y el sistema recaudatorio se han visto retocados por unas enmiendas de los ponentes al proyecto de ley de estabilidad, que el martes debería obtener la confianza del Senado antes de volver a la Cámara para el visto bueno definitivo.

Las taras se basarán en las mismas superficies declaradas para fines de Tarsu o Tia. Solo cuando se active el intercambio efectivo de información entre el Registro de la Propiedad y los Municipios, asumirá su base gravable efectiva, es decir, el 80% de la superficie catastral del inmueble.

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