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Números de IVA: nuevos controles por parte de la Agencia Tributaria

Represión fiscal por la cesación de números de IVA y exclusión de Vies - Análisis de riesgo y controles para identificar el fraude en curso

¿Cómo y por qué el recaudador de impuestos puede cerrar un número de IVA? ¿En qué circunstancias se excluye un número de IVA comunitario de Vies, la base de datos europea de sujetos que realizan operaciones dentro de la UE? La Agencia Tributaria ha respondido a estas preguntas con una nueva circular. La represión tiene como objetivo eliminar cualquier fraude relacionado con números de IVA falsos.

ANÁLISIS Y CONTROLES

En el plazo de seis meses desde la asignación del NIF o desde la inscripción en el Vies, las autoridades fiscales evalúan la posible presencia de elementos de riesgo, como por ejemplo omisiones o inconsistencias en los pagos y en las declaraciones. Para los operadores identificados, en base al análisis de riesgo, se desencadenan controles periódicos, que pueden ser tanto formales como sustanciales, para verificar que los datos declarados al asignar el NIF o registrarse en el Vies son ciertos.

EL CIERRE DEL NÚMERO DE IVA Y LA EXCLUSIÓN DE VIES

En caso de no superación de los controles, la Agencia notifica al obligado tributario una disposición de extinción del NIF, indebidamente solicitada o mantenida. En consecuencia, el mismo CIF quedará excluido de la base de datos de sujetos que realizan operaciones intracomunitarias (VIES).

EN CASO DE FRAUDE, DETENGA LAS OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS

Para los números de IVA de la UE que, después de los controles, parecen haber realizado operaciones en la UE en un contexto de fraude del IVA, se activa la exclusión del Vies. La disposición también se aplica si el operador posee los requisitos subjetivos y objetivos. En todo caso, una vez subsanadas las irregularidades, el contribuyente que haya sido objeto de una medida de exclusión podrá solicitar su reincorporación al Vies.

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