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Nuevo código de circulación: la guía completa en 10 puntos

De las multas (mucho más duras) a los patinetes, del parking al papel rosa y la bonificación del carnet de conducir, aquí tienes todas las novedades del nuevo código de circulación

Nuevo código de circulación: la guía completa en 10 puntos

El nuevo Código de Circulación previsto por el decreto de Infraestructuras está a punto de entrar en vigor y deberá publicarse en el Gaceta Oficial para el miércoles 10 de noviembre. El nuevo código incluye cambios importantes que afectarán la vida diaria de todos. Desde multas por smartphones y por aparcamiento hasta la nueva normativa para patinetes, pasando por la hoja rosa y la bonificación del carnet de conducir. Aquí está todo lo que necesitas saber.

CÓDIGO DE VÍA: MULTAS

El capítulo de multas es el más sustancial. El nuevo código de circulación pone en blanco y negro quién será multado conductores que conducen con “smartphones”, portátiles, notebooks, tablets y dispositivos similares que requieran, aunque sea temporalmente, la retirada de las manos del volante”. La sanción ya estaba prevista por la normativa vigente, pero a falta de un listado claro, muchos trataban de explotar la situación, apelando a "pequeñas". Con el nuevo código de circulación, esto ya no será posible. 

Multas y sanciones más severas para quién aparcar en las zonas de aparcamiento reservadas para minusválidos. La cantidad se duplica desde los 84-335 euros actuales hasta los 168-672 euros. Mano dura con los puntos del carné: hoy se restan 2 puntos, mañana serán 6. 

También cambian las sanciones para quienes anden en patinete o moto y lleven pasajero sin casco. Hasta hoy la ley disponía que, por transportar a una persona sin casco, el conductor sería sancionado únicamente si la persona en cuestión fuera menor de edad. Con el nuevo código de circulación, la sanción se aplicará independientemente de la edad del pasajero. 

Severas multas por quien tira objetos del vehiculo: los importes oscilarán entre los 26 y los 866 euros. Noticia importante también para quienes cometen una infracción con un coche de alquiler. El cliente pagará las infracciones cometidas y las empresas deberán colaborar facilitando a las oficinas los datos personales del cliente. 

Finalmente, el autoridades locales quienes cobran las multas estarán obligados a publicar un informe anual que contenga información sobre el destino de los ingresos. Los datos también deben ser publicados en los sitios web institucionales. 

CÓDIGO DE CARRETERA: SCOOTERS

Aquí vienen las nuevas reglas sobre scooters. No habrá obligación de llevar casco, ni de tener matrícula, pero a partir del 1 de julio de 2022, los nuevos patinetes del mercado deberán ir equipados con flechas, topes y frenos en ambas ruedas. Quien compre un vehículo sin las características requeridas tendrá hasta el 1 de enero de 2024 para cumplir con la nueva legislación. Hablando de límites de velocidad, no se podrá superar los 6 km/h en zonas peatonales, mientras que en el resto de casos el límite bajará de 25 a 20 km/h. Reiterar las prohibiciones de estacionamiento en las aceras y de proceder contra el tránsito. Después de la puesta del sol, solo se podrá circular si el scooter está equipado con una luz fija blanca o amarilla y una luz roja fija en la parte trasera. Los eléctricos también deben estar equipados con reflectores rojos. En cambio, los conductores deben usar una chaqueta o aparatos ortopédicos retrorreflectantes de alta visibilidad.

NUEVAS REGLAS DE ESTACIONAMIENTO 

A partir del 1 de enero de 2022, el aparcamiento en los aparcamientos señalizados con franjas azules será gratuito para las personas con discapacidad, siempre que se ocupen las zonas de aparcamiento específicas y se muestre la señalización correspondiente en el coche. 

También habrá que aumentar el número de plazas de aparcamiento reservadas para mujeres embarazadas y padres con hijos menores de 2 años. 

LAS NOTICIAS DEL FOLLETO ROSA Y LOS NUEVOS CONDUCTORES

Se amplía la duración de la hoja de rendimiento de 6 meses a 1 año. La prueba de conducción para la obtención del carnet B se puede repetir tres veces. Se prevén nuevos límites para los conductores novatos que podrán conducir vehículos de hasta 74 CV de potencia solos y hasta 95 CV de potencia a condición de que una persona menor de 65 años que haya tenido una licencia de al menos 10 años esté presente en su franco . Y de nuevo: quienes practiquen la conducción sin monitor pueden ser sancionados con una multa que va de los 530 a los 1.731 euros y con la sanción accesoria de inmovilización administrativa del vehículo durante 3 meses. 

BONO DE LICENCIA

Desde 1° De enero al 30 de junio de 2022, los jóvenes menores de 35 años que perciban la renta básica o amortiguadores sociales tendrán derecho a una cotización para la obtención del permiso de conducción. El importe no debe exceder del 50% del total hasta un máximo de mil euros. Condición adicional: el solicitante debe demostrar que tiene que trabajar en el sector del transporte por carretera. 

CÓDIGO VIAL: RECARGA ELÉCTRICA

Quienes necesiten recargar su coche eléctrico podrán detenerse frente a las estaciones de carga solo el tiempo necesario para repostar. La prohibición no se aplica desde las 23:7 horas hasta las XNUMX:XNUMX horas, excepto en los espacios reservados para recargas rápidas y superrápidas. 

CRUCE PEATONAL

Nuevas normas cerca de los pasos de peatones. La obligación de prioridad debe darse tanto a los peatones que han iniciado el cruce como a los que están a punto de cruzar. 

TRANSPORTE PÚBLICO

Con el fin de reducir las emisiones y combatir la contaminación en los núcleos urbanos, el nuevo código prevé las siguientes prohibiciones de circulación:

  • vehículos de categoría M2 y M3 Euro 1 a partir del 30 de junio de 2022;
  • vehículos de categoría M2 y M3 de vehículos Euro 2 a partir del 1 de enero de 2023;
  • vehículos de categoría M2 y M3 Euro 3 a partir del 1 de enero de 2024.

Además, se destinan 5 millones de euros para 2022 y 7 millones de euros anuales desde 2023 hasta 2035 para la renovación de la flota de vehículos de transporte público. 

PUBLICIDAD OFENSIVA

Queda prohibida cualquier forma de publicidad cuyo contenido proponga mensajes sexistas o violentos, estereotipos de género ofensivos o lesivos para el respeto de las libertades individuales, los derechos civiles y políticos, las creencias religiosas o la pertenencia étnica o discriminatorios por razón de orientación sexual, identidad de género o habilidades físicas y mentales. En caso de violación, la autorización será revocada. El anuncio impugnado deberá retirarse en un plazo de cinco días. 

USUARIOS VULNERABLES

El nuevo arte. 3 del Código de Circulación aclara quiénes son los “usuarios vulnerables”. Se trata de peatones, personas con discapacidad, ciclistas que merecen especial protección frente a los peligros derivados del tráfico en las vías.

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