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Se reanuda el trabajo, el permiso de paternidad obligatorio

Para los nuevos padres, cuatro días consecutivos de ausencia, pagados al 100% - El proceso se reinicia en el Comité Laboral de la Cámara.

Se reanuda el trabajo, el permiso de paternidad obligatorio

Tras un receso de nueve meses, la hipótesis de la licencia de paternidad obligatoria vuelve a encarrilarse en la Cámara, en la Comisión de Trabajo. Para nuevos padres, cuatro días continuos de ausencia del trabajo dentro de los primeros 3 meses del nacimiento del niño.

El tema se estancó en mayo pasado. De los distintos proyectos de ley nació un texto unificado al que luego los grupos parlamentarios presentaron enmiendas. El tema pasó luego al examen del comité selecto de la comisión. Entre los diversos problemas, uno de los nodos era, y sigue siendo, el de la cobertura. Y la solución identificada mientras tanto fue de alguna manera anulada por la maniobra de julio, que recurrió entre otras cosas precisamente al fondo que se había indicado para cubrir económicamente la licencia de paternidad.

En los últimos días, la ministra de Trabajo, Elsa Fornero, escuchada en la comisión, ha reabierto un atisbo, diciendo que está a favor de la licencia de paternidad obligatoria y dispuesta a evaluar la posibilidad de intervenciones regulatorias. Y he aquí, pues, que el tema ha recobrado fuerza y ​​reaparece ante el comité selecto de la comisión que ha reinsertado el tema en el orden del día.

Un problema nada marginal sigue siendo el del coste de la operación. No es fácil cuantificar su alcance o identificar un criterio único para los trabajadores que podrían estar cubiertos por esta institución: no solo los trabajadores por cuenta ajena, sino también los trabajadores por cuenta propia y autónomos, para los que se aplicarían distintos criterios y límites. Por lo que fluctúa entre 150 millones y 400-500 millones, con el consiguiente problema de cómo y dónde encontrar esta cifra.

Al establecer la licencia de paternidad obligatoria, se prevé que "el padre trabajador está obligado a abstenerse de trabajar por un período de cuatro días continuos, dentro de los tres meses siguientes al nacimiento del hijo, previa notificación al empleador, que se hará en la forma por escrito al menos quince días antes de la fecha de inicio del período de ausencia del trabajo. La indemnización prevista para este período corre a cargo del sistema de seguridad social correspondiente. Para este período, el salario es igual al 100%".

El texto finalizado por la comisión también interviene sobre la licencia de maternidad, la licencia parental, las adopciones y el acogimiento familiar con el fin de apoyar a la familia.

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