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Ganancias extra: Assonime rechaza el decreto sobre el gravamen extraordinario a las empresas energéticas

En una carta al Parlamento, el director general de Assonime, Stefano Micossi, cuestiona la redacción actual del decreto sobre el gravamen sobre los beneficios extraordinarios de las empresas energéticas y pide su modificación

Ganancias extra: Assonime rechaza el decreto sobre el gravamen extraordinario a las empresas energéticas

Assonime, la asociación que agrupa a las sociedades anónimas, rechazó rotundamente el decreto sobre la aportación extraordinaria contra facturas elevadas decidido por el Gobierno y concebido en forma de gravamen por única vez sobre los beneficios extraordinarios de las empresas de electricidad, gas y petrolíferos . No se trata de un rechazo del principio en sí, sino de las formas en que el decreto de 21 de marzo, actualmente en estudio en el Parlamento, clasifica los beneficios extraordinarios.

Assonime: el gravamen es "gravemente arbitrario"

En una carta enviada a las comisiones de Hacienda e Industria del Senado, que están examinando el decreto relativo a la materia en cuestión, el director general de Assonime, Stefano Micossi, derriba la tasa extraordinaria calificándola, tal como está formulada actualmente, de "gravemente arbitraria". , hasta rayar en la inconstitucionalidad".

Assonime: el momento de la comparación de ganancias fue incorrecto

Sobre todo, MIcossi considera completamente incongruente el momento de la comparación de la dinámica de las ganancias y escribe: "El punto es que tomaron la diferencia entre las transacciones sujetas al IVA, activas y pasivas, en el período reciente y en 2020 como el base imponible y abordar el 'aumento como ganancia extra', olvidando que 2020 fue un período de confinamiento por la pandemia y tomándolo como punto de partida lleva a “inflar las diferencias” ignorando el rebote fisiológico de las transacciones y confundiéndolo erróneamente con una ganancia extra.

En particular, Assonime señala a continuación que, por la forma en que está formulada la disposición, existe el riesgo de clasificar también las operaciones extraordinarias como beneficios extraordinarios de empresas como la compra o venta de acciones que no tienen nada que ver con los beneficios.

Para ello, Assonime pide al Parlamento que calibrar mejor la disciplina "adecuarlo a los fines que pretende perseguir el gravamen, esto es, la aplicación de un impuesto que efectivamente tiene por objeto el exceso de beneficios obtenidos por las sociedades".

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