El examen del proyecto de ley anticorrupción se inicia hoy en la Cámara. El texto, iniciado por el Gobierno -y aprobado por el Senado- introduce cambios significativos en el Código Penal y, en general, en la disciplina para la prevención y represión de la corrupción y la ilegalidad en la administración pública.
Entre los principios generales, se identifica la Autoridad Nacional Anticorrupción en la Comisión para la evaluación, transparencia e integridad de las administraciones públicas (Civit) (actualmente el cargo lo ostenta el Departamento de Administraciones Públicas). Se dictan entonces medidas específicas encaminadas a la transparencia de la actividad administrativa y en la atribución de cargos directivos. Además, se dicta una disciplina más estricta sobre la incompatibilidad, acumulación de puestos y cesiones de los empleados públicos.
Luego se introdujeron numerosas enmiendas al código penal. en la parte relativa a los delitos contra la administración pública, así como un aumento generalizado de las penas. Se añaden dos nuevos delitos al código:
1) El delito de "inducción indebida a otorgar o apropiarse de beneficios". La ley sanciona tanto al funcionario público o servidor público que induzca al particular a pagar (3 a 8 años de prisión) como al particular que dé o prometa dinero u otros beneficios (hasta 3 años de prisión).
2) El “tráfico de influencias ilícitas”, que sanciona con prisión de 1 a 3 años a quien explote sus relaciones con un funcionario público para obtener o prometer dinero u otra ventaja patrimonial como precio de su intermediación ilícita. La misma pena se aplica a quien da o promete indebidamente.