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El Tribunal de la UE reconoce el anatocismo: A2A deberá devolver 290 millones al Estado italiano

El Tribunal de la UE ha reconocido el anatocismo sobre las ayudas estatales concedidas en los 90 por lo que además de los 170 millones de capital, la eléctrica milanesa deberá devolver otros 120 millones en intereses. Pero la empresa aclara: “Importes ya pagados, calculando también el interés compuesto. Sin impacto"

El Tribunal de la UE reconoce el anatocismo: A2A deberá devolver 290 millones al Estado italiano

Malas noticias para la filial de los municipios de Milán y Brescia A2A. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que A2A tendrá que devolver unos buenos 290 millones de euros al estado italiano. Sin embargo la empresa de servicios públicos lombarda especifica que "las sumas en cuestión ya han sido devueltas en su totalidad al Estado italiano, cargadas con intereses calculados según el criterio de interés compuesto", se lee en un comunicado de prensa. Por tanto, "A2A no le debe nada más al Estado italiano", añade la nota, destacando que no habrá ningún impacto negativo a partir de la sentencia de hoy.

La historia comienza desde lejos, incluso cuando A2A todavía estaba dividida en Asm de Brescia y Aem de Milán. En la década de 90, las dos empresas lograron obtener exenciones de impuestos y préstamos a bajos tipos de interés, pero en 2002 la Comisión Europea consideró que estas operaciones eran ayuda estatal contra las dos empresas y por lo tanto solicitó la recuperación de las sumas.

En 2008, el gobierno italiano también solicitó la recuperación de las ayudas otorgadas a las dos empresas, que hoy forman A2A, solicitando también intereses compuestos. Por lo tanto, en un momento dado de la historia, Italia solicitó que se agregaran al capital los intereses de las ayudas y préstamos otorgados en la década de 90, convirtiéndose así también en intereses. Italia prácticamente había solicitado aplicar laanatocismo, es decir, para obtener también el pago de intereses sobre los intereses. A2A había impugnado inmediatamente la base para el cálculo de los intereses ante los jueces italianos. Habiendo llegado a la etapa final del procedimiento, el Tribunal de Casación preguntó al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas si la legislación italiana podía prever intereses compuestos con respecto a un reglamento que aún no era aplicable en la fecha en que la recuperación de la ayuda fue ordenada por la Comisión.

Con la sentencia de hoy, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea coincidió con Italia en que de esta forma, además de los 170 millones de capital, también podrá recuperar 120 millones de interés compuesto por las exenciones fiscales y préstamos subvencionados concedidos en los años noventa.

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