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Perros, el condominio ya no puede prohibirlos

Una sentencia del Tribunal de Cagliari ha establecido que ya no se puede prohibir la presencia de mascotas en la casa, aunque la prohibición haya sido aprobada por unanimidad por todos los condominios.

Perros, el condominio ya no puede prohibirlos

Un paso más en la protección de los animales en los apartamentos: el tribunal de Cagliari ha establecido que no se puede impedir que los propietarios de apartamentos individuales tengan perros y gatos u otras mascotas en sus propios hogares. Incluso si la posible prohibición fuera aprobada por unanimidad por todos los condominios. 

El Tribunal de Cagliari ha aclarado así, por primera vez de manera expresa, que incluso la regulación de carácter contractual, es decir, la resuelta por unanimidad o la preparada por el constructor del edificio en condominio y adjunta a las escrituras individuales de compraventa, es nula como contrario a la reforma del condominio y, por tanto, al orden público.

La reforma a la que se refiere es que introducido en 2012 en el código civil: en ella se estableció que el reglamento de condominio no puede contener prohibiciones sobre la tenencia de animales en la casa. Sin embargo, las primeras interpretaciones habían sostenido que esta disposición solo podía ser objeto de renuncia con el consentimiento unánime: ahora, sin embargo, la fiscalía de Cerdeña ha aclarado, y todos los amantes de los animales podrán tenerlos legítimamente en sus apartamentos, de acuerdo con el "derecho sacrosanto a la compañía animal".

De hecho, la sentencia habla de la necesidad de "potenciar la relación humano-animal y, por otra parte, en la afirmación de este último principio también a nivel europeo", y también cita otras sentencias de Casación que reconocen "la derecho a visitar en prisión al perro del preso, como miembro de la familia, o el derecho a visitar al perro del paciente hospitalizado en el hospital, constituyendo la relación hombre-animal como una actividad creadora de la personalidad humana”. Incluso el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ratificado por la Ley 130/2008 en su artículo 13, establece que la Unión y los Estados miembros “toman plenamente en cuenta las necesidades de bienestar de los animales como seres sintientes”.

Una decisión que dará que hablar: si por un lado es destinados a promover la relación humano-animal y desalentar conductas incivilizadas como el maltrato y el abandono, olvidando quizás por otro lado que un condominio está compuesto principalmente por personas, que no necesariamente son todas amantes de los animales. Y sobre todo que no todos pueden tolerar su presencia si no se garantiza estrictamente el respeto a la limpieza y la tranquilidad pública.

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