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Alquileres a corto plazo, cupón seco: debe pagarse antes del 16 de octubre

El impuesto y la tasa turística seguirán siendo "a cargo de quienes se alojen en los establecimientos de alojamiento de la zona" aunque el pago real sea realizado por el intermediario o por el administrador del portal de Internet.

Para el 16 de octubre, los "intermediarios inmobiliarios" como Airbnb deben pagar la retención del 21 por ciento, el llamado cupón seco, sobre los alquileres a corto plazo. O mejor dicho, sobre las rentas brutas pagadas, a partir del 11 de septiembre pasado, por sus clientes-inquilinos a clientes-propietarios hasta por 30 días y estipuladas a partir del XNUMX de junio pasado. El plazo para el pago se ha postergado durante meses, también porque se espera el resultado de los recursos ante la TAR y el garante Antimonopolio por parte de Airbnb.

Desde el 24 de junio, el "sujeto que cobra la renta o la contraprestación" al arrendatario de cualquier contrato o que "interviene en el pago" es el "responsable" del pago de la "tasa turística", prevista únicamente para el Municipio de Roma, y ​​cualquier “impuesto turístico”, establecido por los demás municipios capitales de provincia, por las uniones de municipios y por los municipios incluidos en las listas regionales de centros turísticos o ciudades del art.

La persona que cobra y la que interviene en el pago deben realizar el pago, por lo que se les debe hacer el formulario de pago F24 y cualquier giro postal o cuenta corriente de partida de la transferencia.

El impuesto y la tasa turística seguirán siendo "a cargo de quienes se alojen en los establecimientos de alojamiento de la zona" aunque el pago real sea realizado por el intermediario o por el administrador del portal de Internet. Por tanto, el intermediario debe solicitar con tiempo la tasa turística, manteniéndola distinta de la renta.

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