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Consulta: no referéndum artículo 18, sí a vales y contratos

El Gobierno de Gentiloni puede respirar tranquilo: no será necesario ir a elecciones en primavera

Consulta: no referéndum artículo 18, sí a vales y contratos

La Tribunal Constitucional declaró improcedente la solicitud de referéndum convocada sobre las disposiciones de la Ley de Empleo que derogan el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores, el relativo a los despidos sin justa causa.

En cambio, la Consulta ha admitido las consultas para cuestionar a los italianos sobre la derogación de las "disposiciones limitantes de la responsabilidad conjunta y solidaria en materia de obtención” y del “provisiones de trabajo auxiliar (vale) ".

Sin embargo, la CGIL no se da por vencida y comunica su intención de "continuar la batalla" para modificar las disposiciones de la Ley de Empleo sobre despidos y evalúa el recurso ante el Tribunal Europeo. Así lo anunció la secretaria general del gremio, Susanna Camusso, durante una conferencia de prensa realizada tras la decisión de los jueces constitucionales. 

En cualquier caso, tras el pronunciamiento de los jueces constitucionales, el gobierno de Gentiloni puede respirar aliviado. La decisión que más le importaba al Ejecutivo era la del artículo 18: si el referéndum hubiera sido admitido, de hecho, hubiera sido probable una aceleración en la carrera por las elecciones generales para posponer la consulta del referéndum, que de otra manera habría tenido que celebrarse en junio.

A estas alturas, sin embargo, es probable que las elecciones políticas no se celebren antes del otoño o incluso al final natural de la legislatura, en 2018. 

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