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Divulgación voluntaria bis: aquí está la plantilla e instrucciones de la Agencia Tributaria

Hacienda ha publicado el modelo definitivo y las instrucciones para acceder al procedimiento de colaboración voluntaria, pero aún no se ha abierto el canal electrónico para el envío de nuevas solicitudes

Divulgación voluntaria bis: aquí está la plantilla e instrucciones de la Agencia Tributaria

La divulgación voluntaria bis está oficialmente en los bloques de salida. La Agencia Tributaria ha publicado el modelo definitivo y las instrucciones para adherirse al procedimiento voluntario de colaboración para la declaración de capitales, con referencia a las infracciones cometidas hasta el 30 de septiembre de 2016. A diferencia de la primera edición, el bis voluntario de 2017 está abierto no solo a los exportados ilegalmente capital, sino también al efectivo oculto a las autoridades fiscales dentro de las fronteras nacionales.

La verdadera diferencia con respecto a la versión antigua, sin embargo, está en la posibilidad de autoliquidarse de los impuestos adeudados, es decir, calcular de forma autónoma lo que se debe a Hacienda, incluidas las sanciones y los impuestos superiores. Un procedimiento que, en todo caso, expone al contribuyente al riesgo de encontrarse en el futuro con una corrección por parte de la Agencia Tributaria, con multas de hasta el 3% del capital.

CÓMO PRESENTAR LA SOLICITUD DE REGULARIZACIÓN

Las solicitudes de adhesión se pueden enviar hasta el 31 de julio de 2017. El formulario debe presentarse en línea a través de Entratel o Fisconline, utilizando la nueva versión del software "Solicitud de acceso al procedimiento de colaboración voluntaria", que estará disponible de forma gratuita en el Sitio web de la Agencia de la Renta. Pero aún no se puede hacer: la fecha de apertura del canal telemático para el envío del nuevo modelo se comunicará más adelante.

Mientras tanto, quienes ya quieran enviar la solicitud de acceso al bis voluntario pueden utilizar el modelo antiguo y enviarlo por vía electrónica. Aquí están las instrucciones fiscales:

– El formulario de solicitud de acceso al trámite deberá presentarse exclusivamente por vía electrónica: directamente (si está autorizado a Entratel o Fisconline) o a través de los responsables.

– La transmisión electrónica de los datos contenidos en el formulario deberá realizarse utilizando la versión antigua del software denominado “Solicitud de acceso al procedimiento de colaboración voluntaria” disponible gratuitamente en la página web de la Agencia Tributaria.

– Los encargados de la transmisión electrónica deberán entregar al interesado una copia en papel del modelo electrónico, así como una copia de la constancia de recepción de la solicitud por la Agencia Tributaria.

– Se permite la integración de la solicitud, en el plazo de treinta días desde su presentación, para subsanar la original, sin perjuicio de la eficacia de la misma, marcando la casilla “Solicitud complementaria”.

– También es posible enviar un informe inicial de acompañamiento por correo electrónico certificado indicando los datos e información no prevista en el modelo actual como, por ejemplo, los relativos a los años 2014 y 2015. La casilla de correo electrónico certificado para enviar ésta a la indicada en el recibo de presentación del modelo remitido por la Agencia Tributaria.

– Cuando esté disponible la nueva versión del software, será necesario volver a enviarla (esta vez del nuevo modelo) marcando la casilla "Solicitud enviada anteriormente".

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