Los criterios que prevé el nuevo sistema de asignación de las necesidades sanitarias nacionales generadas en 2023 un impacto redistributivo entre las Regiones que asciende a 219 millones de euros. Esto es lo que se desprende del Focus publicado porOficina de Presupuesto Parlamentario (Upb), que analiza las implicaciones del nuevo mecanismo de distribución de recursos y los efectos de la reforma.
El nuevo sistema de asignación de las necesidades sanitarias nacionales favorece al Sur
El nuevo sistema de asignación de las necesidades sanitarias nacionales se definió mediante el Acuerdo de la Conferencia Estado-Regiones del 21 de diciembre de 2022 y el Decreto del Ministro de Sanidad del 30 de diciembre de 2022 y se introdujo a partir de 2023. Los nuevos criterios "reconociendo que el estado de salud y las necesidades de atención sanitaria no están determinadas exclusivamente por la edad sino también por las condiciones socioeconómicas, reequilibra la distribución de la financiación "para asegurar una mayor adherencia entre las necesidades de salud de los territorios y los recursos destinados a su satisfacción".
Desde un punto de vista práctico, el nuevo mecanismo complementa el criterio de capitación, que tiene en cuenta la influencia de la edad en el consumo de atención sanitaria, también “la ttasa de mortalidad menores de 75 años y algunos indicadores de las condiciones socioeconómicas, como pobreza relativa, baja educación y desempleo."
Según la Oficina de Presupuesto del Parlamento, la aplicación de los nuevos parámetros produce en particular un "aumento de recursos para las Regiones en las que las condiciones de marginación socioeconómica son más generalizadas", por lo tanto principalmente en Mediodía.
Con los números en la mano, de hecho, en 2023, el nuevo mecanismo atribuyó 84 millones más a Campania, 56 millones más por Sicilia, 45 millones más por Puglia y 21 más en Calabria. Al mismo tiempo, los recursos asignados a Lombardía (-71 millones), Veneto (-33 millones) ed. Emilia-Romaña (-30 millones).
Las cuestiones críticas del reparto de recompensas
Junto con la parte indistinta del requerimiento nacional de salud, la distribución incluye algunas partes de financiamiento que siguen criterios de distribución específicos. Entre estos se encuentra el llamado compartir recompensa, que ha aumentado a lo largo de los años y equivale al 0,5% del financiamiento total en 2023. La Upb destaca cómo se divide la parte de la recompensa en función de acuerdos libres de criterios preestablecidos y el resultado de las negociaciones entre las Regiones, que en general parecen tener en cuenta y compensar cualquier efecto desfavorable derivados de la distribución de financiación indistinta o de otras causas. Estas negociaciones, señala la PBO, "por un lado contribuyen a promover la consecución de acuerdos globales sobre la asignación de recursos, pero al mismo tiempo reducir la transparencia del mecanismo general de distribución".
“Basta decir que, si bien los nuevos criterios se aplicaron a una cantidad de recursos equivalente a 1,8 millones en 2023, la cuota de prima en el mismo año fue de 644 millones (igual a un tercio) y que, atribuida con criterios discrecionales, esta parte puede garantizar una ventaja significativa para algunas Regiones", afirma la PBO, poniendo el ejemplo de Lombardía, Liguria y Lacio que obtuvieron 155, 108 y 53 millones respectivamente, compensando con creces la pérdida sufrida por los nuevos criterios de reparto, mientras que Campania y Apulia, con 131 y 16 millones respectivamente, consolidaron sus ganancias.
El análisis también destaca cómo, a los efectos de la distribución basada en la mortalidad prematura, parecería más coherente tener en cuenta las diferencias en la estructura de la población por grupos de edad de las distintas Regiones. Esto sería una ventaja especialmente para Campania (alrededor de 8 millones) y Lombardía (3,5 millones). Por otra parte, la metodología actual ha beneficiado principalmente a Piamonte, Liguria, Cerdeña y Toscana.
Además, sigue sin aplicarse la inclusión en la división de los demás criterios previstos por la ley (L. 662/1996 y Decreto Legislativo 68/2011), como el indicadores epidemiológicos territoriales o los caminos de progresión de normas de calidad, a la espera de que haya datos adecuados disponibles y de que se resuelvan los problemas asociados con las normas de privacidad.
Por último, la PBO señala que una evaluación de los pesos conjuntos de las variables podría ser útil “edad” y “privación” a partir del consumo sanitario registrado en el balance final ponderar el papel respectivo de estos dos determinantes de la necesidad sanitaria y, para ello, también en este ámbito y siempre con total protección de los datos personales y sensibles, las bases de información disponibles fortificarse.