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Telemarketing, Antimonopolio multa a Enel y 5 agencias colaboradoras por más de 6 millones por prácticas engañosas

Las empresas presionan al final del amparo para comprobar nuevos contratos. Las llamadas y mensajes pregrabados también estaban dirigidos a consumidores que no habían dado su consentimiento. Enel: hemos intervenido, vamos a apelar al TAR

Telemarketing, Antimonopolio multa a Enel y 5 agencias colaboradoras por más de 6 millones por prácticas engañosas

También Enel termina en la mira de la Autoridad de Competencia y Mercados. La Autoridad de Defensa de la Competencia impuso una multa administrativa a Enel Energia de 3,5 millones, una consejo e Semillasolidariamente, una multa administrativa de 1 millón, una grupo zeta, una multa administrativa de 280 mil, una Nuevo trabajo, Ejecutar e sofirrespectivamente, una multa administrativa de 100 miles de euros.

Según la Autoridad, las empresas entregaron indebidamente a los operadores de call center listados de clientes pertenecientes a la mercado protegido –es decir, el régimen de mayor protección de precios en el sector energético para el pequeño cliente final– y utilizaron un contestador automático para promocionar las ofertas comerciales de Enel. Semejante plazo, esperado en Enero 10 2024, fue señalado por los operadores como "inminente" o, en todo caso, mucho antes de la fecha de cese efectivo y, en algunos casos, se planteó la transición, contrariamente a la verdad, como obligatoria.

Además, según la Autoridad, la conducta fue agresiva debido a las insistentes y reiteradas llamadas telefónicas que difundían el mensaje pregrabado, incluso dirigidas a los numerosos consumidores que no habían dado su consentimiento previo para ser contactados con fines de mercadeo.

Antimonopolio multa a Enel: "Total conciencia"

En lo que respecta a Enel, el Antimonopolio ha determinado su responsabilidad por la falta de implementación de un sistema de control efectivo sobre las formas en que las agencias asociadas, las subagencias y los agentes conectados a ellos contactaron a los clientes y adquirieron nuevos contratos en el mercado libre de energía. , por comportamientos engañosos e agresivo. Así como la falta de adopción de las medidas adecuadas para prevenir y evitar que tales conductas se extiendan tan ampliamente en el mercado. Al establecer el monto de la multa, la Autoridad tomó en cuenta no solo la gravedad y duración de las infracciones al Código del Consumidor, sino también el alto número de consumidores involucrados.

El papel de las agencias asociadas

La investigación mostró que las agencias socias Conseed, Seed, Zetagroup, New Working y Run realizaron su actividad de venta a sabiendas valiéndose de sub-agencias y agentes individuales -no autorizados por Enel- que indebidamente tenían listados de clientes pertenecientes al mercado protegido y que utilizó un contestador automático para promover ofertas comerciales de Enel. La Autoridad explicó en una nota que tal conducta constituye una práctica comercial desleal porque es capaz de distorsionar sensiblemente el comportamiento económico del consumidor en relación, además, con un servicio de interés primario, como es el suministro de servicios de energía

Además, estas empresas, así como Sofir, fueron declaradas responsables de la falta de establecimiento de un sistema de control adecuado en su red de ventas.

Enel anuncia apelación ante el Tribunal Administrativo Regional: "Intervinimos sobre prácticas incorrectas, la Defensa de la Competencia no las tomó en cuenta" 

El procedimiento iniciado por la Defensa de la Competencia contra Enel por prácticas comerciales desleales en relación con la activación de nuevos contratos en el mercado libre no tuvo en cuenta las "acciones realizadas por la empresa, tales como innumerables denuncias presentadas ante la Autoridad Judicial y las importantes sanciones contractuales aplicadas, para contrarrestar el fenómeno de las prácticas desleales implementadas por operadores que actúan haciéndose pasar por Enel o, en un número limitado de casos, contraviniendo las estrictas normas de conducta impuestas por la empresa". Así lo afirmó Enel en una nota, y agregó que la empresa no obtiene "ningún beneficio de tal conducta incorrecta, sino solo relevante". prejuicios económicos y reputacionales“. Por ello, añade la nota, Enel Energia “se reserva toda actuación para su propia protección, confiando en poder demostrar su no implicación en los hechos controvertidos y la plena legitimidad y corrección de su actuación ante el TAR”.

Actualizado a las 11:21 a. m. viernes, 18 de noviembre de 2022

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