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Lazio Tar anula dos sanciones Antimonopolio contra empresas del Grupo Acea por un total de dos millones

El bufete de abogados Cintioli ha obtenido del Tribunal Administrativo Regional de Lazio una importante nueva sentencia sobre prácticas comerciales desleales en el sector del servicio integrado del agua, anulando las sanciones antimonopolio contra Acea

Lazio Tar anula dos sanciones Antimonopolio contra empresas del Grupo Acea por un total de dos millones

Lo Firma Cintioli & Asociados – fundada en 2012 por el Prof. Avv. Fabio Cintioli, con oficinas en Roma, Milán y Bruselas – obtuvo un importante nuevo fallo ante el Tribunal Administrativo Regional de Lazio sobre el tema de las prácticas comerciales desleales en el sector de la gestión integrada del servicio de agua: anuló los dos penaltis impuesta por la Defensa de la Competencia a dos empresas del Grupo Acea por un importe total de 2 millones de euros.

En concreto, la boutique jurídica altamente especializada en derecho administrativo, competencia y mercados regulados ha asistido con éxito a Acea Ato 2 y Gori en los procedimientos ante el Tribunal Administrativo Regional de Lazio en relación con dos disposiciones con las que la Autoridad de Competencia y del Mercato habían constatado la existencia de diversas prácticas comerciales desleales en el relevamiento, cálculo y facturación del consumo de agua, así como en la gestión de las denuncias enviadas por los usuarios y tomas de control de los usuarios morosos, imponiendo multa a las dos empresas Acea Ato 2 (1,5 millones) e Gori-Gestión óptima de los recursos hídricos (500 mil euros).

El Tar también afirmó algunos principios importantes sobre conductas que pueden ser calificadas por la AGCM como prácticas comerciales desleales, aclarando que las meras ineficiencias en la gestión detectadas por la AGCM no siempre pueden ser sancionadas como prácticas comerciales desleales. De hecho, la sentencia recuerda que las ineficiencias en la gestión son elementos que pueden ser apreciados por el organismo público encargado del servicio, pueden ser objeto de una acción pública de clase o pueden ser objeto de la supervisión que realice la Autoridad del sector. Frente a las meras ineficiencias de gestión, la intervención de AGCM sólo es posible de forma residual, comprobando y demostrando que son idóneas para limitar la libertad de elección del consumidor.

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