comparte

Desguace quater: dos meses más tiempo para presentar la solicitud. Aquí están las nuevas fechas

Las respuestas a las preguntas más frecuentes (Faq) se han actualizado siguiendo el decreto ley de 10 de mayo de 2023. Plazo hasta el 30 de junio para presentar la solicitud. La primera o única cuota debe estar pagada antes del 31 de octubre

Desguace quater: dos meses más tiempo para presentar la solicitud. Aquí están las nuevas fechas

Ellos han sido actualizar las fechas para la presentación de solicitudes de desguace de cuaternario de cargas encomendadas a la Agencia de Recaudación de Ingresos (Ader) desde el año 2000 hasta el 30 de junio de 2022. La entrada en vigor de la Decreto 51/2023 hace operativos los cambios ya anunciados por el Ministerio de Economía.

La nuevo plazo para la presentación de la solicitud de incorporación a la definición facilitada, previamente fijado para el 30 de abril por la ley de presupuestos de 2023, se ha trasladado a Junio ​​30 2023. Di conseguenza, aplazado al 30 de septiembre de 2023 el plazo dentro del cual laLa Agencia remitirá a los contribuyentes la comunicación de las cantidades adeudadas con indicación de los importes a pagar por la realización de la definición facilitada. Más tiempo para el pago de la primera o (única) cuota eso habrá que hacerlo antes del 31 de octubre de 2023. En el sitio han sido actualizar todas las respuestas a las preguntas más frecuentes.

Dos meses más tiempo para la aplicación, la modalidad no cambia

Para presentar solicitudes habrá, por tanto,, dos meses más tiempo. Sin embargo, los métodos no cambian.: la solicitud de amnistía debe presentarse exclusivamente solo en linea a través del área reservada del contribuyente en la web de Recaudación o a través del servicio disponible en el área pública de la web de la Agencia Tributaria. El acceso debe realizarse a través de Spid, Cie o Cns y a través de Entratel para los intermediarios autorizados.

Trimestre de desguace: respuestas antes del 30 de septiembre

Una vez enviada la solicitud, deberá esperar la respuesta de la Agencia de Recaudación de Ingresos. La fecha límite para recibir la información relativa a la cantidad a pagar y el calendario de pago del agente de cobro ahora es el 30 de septiembre de 2023. En caso de aceptación de solicitudes, el Miembro comunicará: el monto total de las sumas adeudadas en concepto de Liquidación Facilitada, el vencimiento de los pagos en base a la solución de fraccionamiento indicada al presentar la solicitud de membresía; formularios de pago precargados; la información para solicitar la posible domiciliación de pagos en su cuenta corriente. En caso de negaciónen su lugar, se explicarán las razones por las cuales la solicitud no fue aceptada.

Desguace quater: los nuevos plazos de pago

Los contribuyentes que presenten la solicitud en línea hasta el 30 de junio de 2023 solo podrán pagar el monto de los impuestos originalmente adeudados, sin intereses, penalidades y prima por recaudación. El monto adeudado por el Acuerdo Facilitado puede ser pagado en una sola solución o extendido en un máximo de 18 cuotas en 5 años. La primer pago, por un importe equivalente al 10% del total de las sumas adeudadas, expirará el 31 de octubre (según lo establecido por el Decreto Legislativo N° 51/2023). No obstante, se mantiene el plazo del 30 de noviembre para cualquier segunda cuota y las relativas a pagos posteriores que, repartidos en los próximos 4 años, se pagarán los días 28 de febrero, 31 de mayo, 31 de julio y 30 de noviembre de cada año a partir de 2024.

Desguace quater: quién puede solicitar

El cuarto desguace se refiere a las deudas encomendadas al cobro desde el 1 de enero de 2000 hasta el 30 de junio de 2022. Los contribuyentes que ya habían utilizado el tres desguaces anteriores y el saldo y extracto, pero que no han pagado sus deudas a tiempo. El quater scrapping se refiere a impuestos y contribuciones no pagados, pero también a multas viales. En este último caso, sin embargo, deben pagarse las multas, pero no los intereses y gastos. Sin embargo, no podrán usarlo. de la nueva amnistía, las deudas relativas a los recursos propios de la Unión Europea y al IVA recaudado a la importación, las recuperaciones de ayudas estatales, los créditos derivados de condenas dictadas por el Tribunal de Cuentas y las multas, multas y sanciones pecuniarias debidas como consecuencia de condenas penales y oraciones. 

Revisión