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Reforma de la Justicia: del adiós al abuso de autoridad a la inapelabilidad del fiscal, esto es lo que dispone y las reglas más controvertidas

El proyecto de ley de Justicia aprobado por el Consejo de Ministros - Limitaciones a las escuchas telefónicas y la prisión preventiva. Vuelve la inapelabilidad del Ministerio Público – Esto es lo que prevé la reforma

Reforma de la Justicia: del adiós al abuso de autoridad a la inapelabilidad del fiscal, esto es lo que dispone y las reglas más controvertidas

Inapelabilidad del Ministerio Fiscal en caso de sentencia absolutoria en primera instancia por delitos menos graves, supresión del abuso de autoridad, limitaciones a la publicación de escuchas telefónicas, revisión de la prisión preventiva. Estos son los cuatro pilares de reforma de la justicia de Carlo Nordio con el que el Gobierno de Meloni pretende dar "más garantías a los investigados". 

El proyecto de ley por el que se modifican el código penal y el código de procedimiento penal, compuesto por ocho artículos, ha recibido luz verde en el Consejo de Ministros y ahora deberá pasar a las Cortes Generales y ser aprobado artículo por artículo por la Cámara y el Senado. Veamos, en detalle, lo que proporciona. 

Reforma de la justicia: recursos limitados en caso de absolución

En el caso de los absolución en primer grado, los fiscales solo podrán apelar ciertas alegaciones relacionadas con crímenes serios, como las contra personas que provocan alarma social o delitos Código Rojo. Sin embargo, no puede hacerse por delitos de gravedad limitada. Precisa el Ministerio de Justicia que el cese al recurso de casación no es "generalizado" ni "unilateral", pero son muchos en las filas de la oposición y en la ANM quienes ven en esta norma sobre la inapelabilidad del fiscal, la sombra de que hayhuevo Pecorella lanzado por el gobierno de Berlusconi, devuelto a las Cámaras por el entonces Presidente de la República, Carlo Azeglio Ciampi y declarado en parte ilegítimo por el Tribunal Constitucional.

Adiós al abuso de poder de los administradores públicos

La reforma de justicia del ministro Nordio establece la represión del delito de abuso de poder, odiado por los alcaldes y, en general, por los administradores públicos. El motivo de esta decisión, según el Gobierno, es fácil de decir: hay muchas acusaciones, las convicciones son muy pocas. En 2021, como señala Corriere della Sera, solo 18 sospechosos de 4.745 fueron condenados. En el marco de los delitos contra la Administración Pública, se mantienen los demás delitos de falsedad, omisión de funciones oficiales, corrupción, malversación y extorsión, y las agravantes específicas. él viene en su lugar tráfico de influencias revisado infracciones que se limitarán a los casos más graves. La hipótesis de "fanfarronear" también se cancela, mientras que la pena mínima sube de un año y 6 meses a 4 años y 6 meses. 

La represión de las interceptaciones

El proyecto de ley prevé una serie de drestricciones a las intercepciones que no pueden publicarse incluso después de que se hayan presentado las escrituras, pero solo si y cuando son citado por el juez en la justificación de una disposición o utilizada en el juicio. No solo eso: durante las investigaciones, el fiscal deberá impedir que se hagan públicos datos relativos a "sujetos distintos de las partes" y en el marco de solicitudes de medida cautelar o de orden cautelar, no será posible publicar pasajes que contengan datos personales de terceros, ajenos al juicio, con excepción de la indispensable y completa exposición de los hechos. sobre el asunto elOrden de Periodistas expresó su preocupación, subrayando que el derecho a la información debe ser "garantizado, particularmente sobre hechos de interés público".

Detención preventiva 

La solicitud de prisión preventiva ya no será evaluada por un juez monocrático, sino por un panel de tres jueces. No obstante, el órgano colegiado no estará obligado en el caso de arresto domiciliario. Los tres jueces no podrán participar en las fases posteriores del proceso para evitar perfiles de incompatibilidad. En los casos de medidas cautelares personales (prisión preventiva y arresto domiciliario en primer lugar) se trata anticipación de la disputa en todos los casos en que resulte superfluo para las fuerzas investigadoras que la intervención sea "sorpresa". Luego aumenta i casos de nulidad de la medida cautelar, previéndola cuando, por ejemplo, los elementos expuestos por el sospechoso durante el interrogatorio no fueron expresamente tomados en consideración. La medida entrará efectiva en dos años con el objetivo de preparar la contratación de 250 nuevos magistrados a través de un concurso.

(Última actualización: 10.50 horas del viernes 16 de junio).

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