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Reforma laboral: aquí están los puntos esenciales

FICHA INFORMATIVA - Todas las novedades sobre la reforma laboral convertida en ley: despidos y artículo 18, contratos de proyecto y números de IVA, aprendizajes y prácticas, ASPI y salarios básicos - Confindustria, Squinzi: "Se necesita una revisión" - Fornero: "Disponible en cambios” – Descarga el texto completo de las modificaciones en Pdf.

Reforma laboral: aquí están los puntos esenciales

La reforma laboral se ha convertido en ley. In extremis, a menos de 24 horas del inicio del próximo Consejo de la UE, pero en cualquier caso a tiempo para que el primer ministro Mario Monti llegue a Bruselas con una carta más por jugar. El Premier se mostró satisfecho: la credibilidad del Gobierno y su poder de negociación en la mesa de negociación europea se ven hoy reforzados por Montecitorio.

Después de que ya llegara el visto bueno del Senado, la Cámara ha dado la luz verde a cuatro fideicomisos sobre otras tantas maxi-enmiendas presentadas por el Ejecutivo, que ha optado por desempacar toda la medida de esta forma para agilizar los tiempos de aprobación.

"Nadie ha afirmado nunca tener la llave en el bolsillo para resolver los problemas que aquejan al mercado laboral italiano - dijo el ministro Elsa Fornero -. También entiendo el sacrificio que ha hecho la Cámara por esta limitación de la discusión que impone la agenda europea. El Gobierno está dispuesto a hacer cambios que se discutirán, no hay intocables. Ahora es importante iniciar esta reforma que contiene un conjunto de elementos positivos”. En particular, el Ejecutivo se ha comprometido a intervenir de nuevo en términos de despidos, flexibilidad de entrada y amortiguadores sociales.

Al frente de la disidencia está el presidente de Confindustria, giorgio squinzi, apoyado en este frente por el PDL. “Todavía no se ha hecho la paz con el ministro Fornero –subrayó el número uno de los industriales-. La reforma no ha mejorado la flexibilidad hacia el exterior, si no sólo marginalmente, y ha empeorado la flexibilidad hacia el interior. Entonces, si tiene que ser aprobado para el 28 de junio, está bien para mí, pero entonces definitivamente tendremos que comenzar una revisión”.

Aunque con distintas motivaciones, incluso el responsable económico de la Pd, Stefano FassinaCree que “la disposición de Fornero no es buena. Hay algunos puntos que necesitan ser cambiados".

Veamos ahora en detalle cuáles son las novedades fundamentales contenidas en la reforma laboral.

 

ARTÍCULO 18

La reforma revisa el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores, diferenciando el tratamiento según el tipo de despido. La legislación, hasta ahora aplicable solo a empresas de más de 15 empleados, ahora será aplicable en todos los casos.

Despidos baratos

Definitivamente fue eso el capitulo mas controvertido de toda la reforma. En la primera formulación, el Gobierno no había previsto ninguna posibilidad de reintegro para los trabajadores despedidos injustamente por motivos económicos, sino únicamente una indemnización de entre 15 y 27 meses. En el versión finalPor otra parte, el juez -cuando no considere válidas las razones aducidas por la empresa- podrá optar entre imponer el pago de una indemnización o la devolución del trabajo.

Despidos disciplinarios

En esta categoría también se incluye la conducta de aquellos trabajadores que, con memoria de Brunetti, suelen ser definidos como "vagos". Por tanto, no solo los que golpean a sus compañeros o roban a la empresa, sino también los que no cumplen con sus obligaciones bajo su contrato. Hasta ahora, la conducta del juez en estos casos era idéntica a la de los despidos económicos: ni reintegro ni indemnización si la empresa tiene razón, reintegro si el trabajador tiene razón, a quien se le ofrece la opción alternativa de optar por la indemnización. A partir de hoy, sin embargo, el juez decidirá cada cierto tiempo sobre la indemnización o el reintegro.

Ya no existe el paro en caso de enfermedad, para evitar fraudes por parte de los trabajadores que pudieran fingir estar enfermos para ralentizar el trámite. Salvo en los supuestos de baja por maternidad o de accidente de trabajo, todos los despidos disciplinarios surten efectos “desde el día de la comunicación con la que se inició el procedimiento, sin perjuicio del derecho del trabajador al preaviso o a la relativa indemnización sustitutiva”.

Despidos discriminatorios

En este caso, nada cambia. La regla sigue siendo exactamente la que ya prevé el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores: si el trabajador logra demostrar que ha sido discriminado por la empresa (por motivos religiosos, políticos, raciales, de orientación sexual u otros), el juez debe anular el despido e imponer el reintegro.

 

CONTRATOS

el tiempo indefinido

“El objetivo es que el contrato de trabajador indefinido sea el dominante que comienza con la etapa de aprendizaje, en la que pretendemos darle énfasis”, explicó el Ministro Fornero. Básicamente, la apuesta es incentivar la contratación indefinida encareciendo los contratos precarios (Co.co.co y Co.co.pro) y premiando a las empresas que estabilicen a los trabajadores, pero también facilitando los despidos, en particular para que las empresas ya no tengan cualquier coartada para no contratar.

el aprendizaje

La duración mínima del contrato es de seis meses, pero la canónica alcanza los tres años. Al final de este período, la encrucijada: la empresa podrá elegir si cerrar la relación con el aprendiz o estabilizarla con un contrato indefinido. No obstante, el derecho a retener aprendices sólo se otorgará a aquellas empresas que hayan contratado al menos el 50% de sus aprendices en los últimos tres años. Sin embargo, durante los primeros tres años después de la entrada en vigor de la ley, esta cuota se reduce al 30%. Abolir las prácticas gratuitas.

el tiempo fijo

El primer contrato a término fijo que se puede estipular sin razón puede durar un año. Las pausas obligatorias entre un contrato y otro van de 10 a 60 días para las relaciones laborales de menos de 6 meses y de 20 a 90 días para las más largas. En el caso de procesos organizativos específicos (como puestas en marcha, lanzamientos de nuevos productos, cambios tecnológicos, segundas fases de proyectos), los convenios colectivos pueden prever una reducción del período de "pausa" (20-30 días en lugar de 60-90 días ) .

El tipo de cotización de estos contratos se eleva un 1,4% y los ingresos extra se utilizarán para financiar el nuevo Aspi. Sin embargo, existe un bono de estabilización: en caso de empleo indefinido, la tasa se devuelve a las empresas por un monto equivalente a seis meses de cotización.

Desaparece el contrato de inserción, mientras que para el co.co.pro se prevé un aumento de la tasa de cotización del INPS, para acercarla a la prevista para los empleados (al 33% en 2018). Además, si falta la definición precisa del proyecto en el contrato, el contrato indefinido comenzará automáticamente.

Números de IVA

Se supondrá que solo son ciertos los números de IVA con un ingreso bruto anual de al menos 18 mil euros. Para quienes enmascaran una relación laboral subordinada surge la obligación de contratar. Sin embargo, esta regla no tendrá vigencia inmediata, sino solo después de un año desde la entrada en vigencia de la reforma. Esta es una concesión del Gobierno a los pedidos de los empresarios. Los indicadores de riesgo que sugieren un número de IVA falso son la duración de la colaboración, que no debe superar los ocho meses, y la contraprestación pagada, que no debe ser superior al 80% de la de empleados y co.co.co. Además, el trabajador no debe tener un puesto fijo en la empresa. 

 

AMORTIGUADORES SOCIALES

Aspi, la nueva prestación por desempleo

El seguro social para el empleo irá sustituyendo paulatinamente a todas las formas de movilidad y entrará en pleno funcionamiento en 2017. Se aplicará a todos los trabajadores con contrato de duración determinada, pero para tener derecho a él es necesario tener al menos dos años de antigüedad en el seguro y 52 semanas laborales en los dos últimos años. La cuantía será igual al 75% de los salarios hasta los 1.150 y al 25% más allá de este umbral, pero la prestación máxima será de 1.119 euros brutos mensuales. La duración estándar del tratamiento será de 12 meses: solo para mayores de 55 años llegará a los 18 meses. El tipo de cotización será del 1,3% (2,7% para trabajadores eventuales).

El mini-Aspi

Quedará reservado para aquellos que no hayan madurado los requisitos para el Aspi tradicional y tendrán una cantidad inferior a esta. No tendrán derecho a ella los trabajadores precarios, sino sólo los que tengan un contrato de trabajo subordinado.

Sueldo base para contratos de proyectos

Se viene una especie de salario base para co.co.pro. Se calculará con referencia a los salarios mínimos de los empleados para cifras similares.

Pago único para parasubordinados

Para una fase experimental de tres años, si fortalece el pago único actual para los parasubordinados que pierden sus trabajos. Por ejemplo, los que hayan trabajado durante 6 meses podrán tener más de 6 mil euros.

Fondo de solidaridad para mayores de 58 años

Con la nueva reforma de las pensiones, ya no se puede aspirar a retirarse del trabajo antes de los 66-67 años. Por otro lado, quienes pierden su trabajo y ya son ancianos tienen muy pocas esperanzas de encontrar otro. Para estas personas llega un fondo solidario cubierto por las empresas, que así utilizarán al menos una parte de la tasa que ahorrarán en los subsidios de movilidad, destinados a desaparecer.

Contra las renuncias en blanco de las mujeres

Durante la maternidad y hasta los tres primeros años de vida del hijo, las renuncias y terminaciones consensuales del contrato deberán ser examinadas por el Ministerio de Trabajo. Los abusos serán sancionados con multas que van de los 5 a los 30 euros.


Archivos adjuntos: Reforma_Obra.pdf

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